Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). · BOE-A-2010-14625
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-25.
Texto consolidado
Se habilita al Ministro de Fomento y a la Ministra de Defensa para dictar, en su ámbito respectivo de competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente real decreto. En particular, se habilita al Ministro de Fomento para dictar, en su caso, la normativa aeronáutica que regule los procedimientos previstos en los artículos 12.2 y 3 y 14.2.
Asimismo, se habilita al Ministro de Fomento para modificar el contenido de los anexos, sin perjuicio de lo previsto en la disposición final tercera.