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Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.

BOE-A-2015-12301 · Boletín Oficial del Estado, 2015-11-14 · Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 1023/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-02.

Resumen

Esta norma regula el funcionamiento de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, estableciendo su composición, organización y procedimientos. Aplica a entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, asociaciones de usuarios, entidades de radiodifusión y usuarios significativos desde su entrada en vigor el 14 de noviembre de 2015.

Entre los puntos clave, la norma establece que la Sección Primera tiene funciones de mediación, arbitraje y control de tarifas, asegurando que sean equitativas y no discriminatorias. Además, determina que las tarifas para la explotación de derechos de gestión colectiva deben ser fijadas a solicitud de las partes en conflicto, y se establece un procedimiento formal para la presentación de solicitudes de mediación y arbitraje. También se establece que las actuaciones se realizarán preferentemente de forma electrónica y que las resoluciones adoptadas son directamente recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Por último, se derogan disposiciones anteriores que se opongan a este real decreto, asegurando así la actualización y claridad en la regulación de la propiedad intelectual en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1023/2015
Fecha de la disposición
2015-11-13
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 273, 2015-11-14
Entrada en vigor
2015-11-15
Departamento
Ministerio de la Presidencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-01-02
Artículos
39
Identificador BOE
BOE-A-2015-12301
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 158 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, crea en el entonces Ministerio de Cultura, hoy Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con carácter de órgano colegiado de ámbito nacional, la Comisión de Propiedad Intelectual, asignándole funciones, por una parte, de mediación y arbitraje, y, por otra, de salvaguarda de derechos en el ámbito de la propiedad intelectual, a ejercer a través, respectivamente, de las Secciones Primera y Segunda de dicha Comisión.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1023/2015?
Real Decreto 1023/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-02.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1023/2015?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1023/2015?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.