El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 22. Medidas provisionales.

Artículo 22 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual. · BOE-A-2015-12301

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-15.

Texto consolidado

Una vez iniciado el procedimiento, la Sección Primera podrá acordar de oficio de manera motivada, en su caso, medidas provisionales tendentes a asegurar la eficacia de la resolución administrativa que pueda dictarse, si existiesen elementos suficientes de juicio para ello, y en especial el pago a cuenta por parte de los usuarios, en relación con la remuneración exigida por las entidades de gestión por la explotación de derechos de remuneración y a los efectos de entender concedida la autorización respecto a los derechos exclusivos concurrentes con éstos, de un determinado porcentaje de las tarifas generales aprobadas por cada entidad de gestión o cualquier otro porcentaje que de manera motivada determine.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-15.

Más artículos de Real Decreto 1023/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1023/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.