Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas.
BOE-A-2015-7662 · Boletín Oficial del Estado, 2015-07-09 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Orden ECD/1361/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden ECD/1361/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-07-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2015-07-09
- Entrada en vigor
- 2015-07-10
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 51
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-7662
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La modificación realizada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece una nueva organización de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato que se desarrolla en los artículos 22 a 31 y 32 a 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, respectivamente.
De conformidad con ello, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, determina los aspectos básicos a partir de los cuales las distintas Administraciones educativas deberán fijar para su ámbito de gestión la configuración curricular y la ordenación de las enseñanzas en dichas etapas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Principios metodológicos.
- Artículo 3. Bloque de asignaturas troncales.
- Artículo 4. Bloque de asignaturas específicas.
- Artículo 5. Bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.
- Artículo 6. Organización del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.
- Artículo 7. Organización del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.
- Artículo 8. Modalidades de Bachillerato.
- Artículo 9. Organización del primer curso de Bachillerato.
- Artículo 10. Organización del segundo curso de Bachillerato.
- Artículo 11. Coordinación con otras etapas.
- Artículo 12. Calendario escolar y horario semanal.
- Artículo 13. Atención a la diversidad.
- Artículo 14. Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento de Educación Secundaria Obligatoria en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
- Artículo 15. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
- Artículo 16. Tutoría y orientación.
- Artículo 17. Autonomía pedagógica y organizativa de los centros.
- Artículo 18. Propuesta curricular.
- Artículo 19. Programaciones didácticas.
- Artículo 20. Oferta formativa de los centros en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
- Artículo 21. Evaluación de la propuesta curricular.
- Artículo 22. Evaluación de las programaciones didácticas y los procesos de enseñanza y práctica docente.
- Artículo 23. Carácter y referentes de la evaluación educativa.
- Artículo 24. Evaluación inicial.
- Artículo 25. Sesiones de evaluación.
- Artículo 26. Materias de cursos anteriores no superadas, Matrícula de Honor y Mención Honorífica.
- Artículo 27. Cambio de modalidad o de materias dentro de la misma modalidad en Bachillerato.
- Artículo 28. Atención al alumnado que no supere la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.
- Artículo 29. Información y participación de las familias.
- Artículo 30. Movilidad del alumnado.
- Artículo 31. Actas de evaluación.
- Artículo 32. Expediente académico.
- Artículo 33. Historial académico.
- Artículo 34. Consejo orientador de Educación Secundaria Obligatoria.
- Artículo 35. Informe personal por traslado.
- Artículo 36. Supervisión de la Inspección educativa.
- Artículo 37. Evaluación según criterios objetivos.
- Artículo 38. Procedimiento de revisión en el centro.
- Artículo 39. Procedimiento de reclamación ante las Direcciones Provinciales o Consejerías de Educación.
- Disposición adicional primera. Adaptación para la acción educativa en el exterior.
- Disposición adicional segunda. Adaptación para la educación a distancia y las enseñanzas de personas adultas.
- Disposición adicional tercera. Libros de texto y otros materiales curriculares.
- Disposición adicional cuarta. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras.
- Disposición adicional quinta. Documentos oficiales de evaluación.
- Disposición adicional sexta. Órganos unipersonales y colegiados.
- Disposición transitoria primera. Proceso de elaboración de la Propuesta pedagógica.
- Disposición transitoria segunda. Medidas de atención educativa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Calendario de implantación.
- Disposición final segunda. Aplicación de la orden.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ECD/1361/2015?
- Orden ECD/1361/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden ECD/1361/2015?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ECD/1361/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.