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Orden Vigente

Artículo 22. Evaluación de las programaciones didácticas y los procesos de enseñanza y práctica docente.

Artículo 22 de la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas. · BOE-A-2015-7662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

Texto consolidado

1. Al finalizar cada curso, los Departamentos didácticos llevarán a cabo la evaluación de sus respectivas Programaciones didácticas, en la que se tendrán en cuenta, al menos, los siguientes aspectos:

a) Adecuación de la secuencia y distribución temporal de los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables.

b) Validez de los perfiles competenciales.

c) Evaluación del tratamiento de los temas transversales.

d) Pertinencia de las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones curriculares aplicadas.

e) Valoración de las estrategias e instrumentos de evaluación de los aprendizajes del alumnado.

f) Pertinencia de los criterios de calificación.

g) Evaluación de los procedimientos, instrumentos de evaluación e indicadores de logro del proceso de enseñanza.

h) Idoneidad de los materiales y recursos didácticos utilizados.

i) Adecuación de las actividades extraescolares y complementarias programadas.

j) Detección de los aspectos mejorables e indicación de los ajustes que se realizarán en consecuencia.

2. Asimismo, los Departamentos didácticos realizarán la evaluación de los procesos de enseñanza y de la práctica docente, que deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos:

a) Análisis de los resultados académicos.

b) Valoración del funcionamiento de los órganos de coordinación didáctica.

c) Valoración de las relaciones entre profesorado y alumnado.

d) Pertinencia de la metodología didáctica y de los materiales curriculares.

e) Valoración del ambiente y clima de trabajo en las aulas.

f) Adecuación de la organización del aula y aprovechamiento de los recursos del centro.

g) Colaboración con los padres, madres o tutores legales y con los servicios de apoyo educativo.

h) Propuestas de mejora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

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