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Orden Vigente

Disposición adicional tercera. Libros de texto y otros materiales curriculares.

Disposición adicional tercera de la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas. · BOE-A-2015-7662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

Texto consolidado

Una vez adoptados los libros de texto y los materiales curriculares, deberán ser mantenidos durante al menos cuatro años. Excepcionalmente la Inspección educativa podrá informar favorablemente su cambio antes de dicho plazo previa solicitud razonada del centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

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