Artículo 8. Modalidades de Bachillerato.
Artículo 8 de la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas. · BOE-A-2015-7662
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.
Texto consolidado
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte autorizará las modalidades del Bachillerato que podrán ofrecer los centros docentes entre las siguientes:
a) Ciencias.
b) Humanidades y Ciencias Sociales.
c) Artes.
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