Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
BOE-A-2026-3217 · Boletín Oficial del Estado, 2026-02-12 · Comunidad de Madrid
Ley 5/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-24.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 38, 2026-02-12
- Entrada en vigor
- 2026-01-01
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-24
- Artículos
- 219
- Identificador BOE
- BOE-A-2026-3217
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Sector público autonómico.
- Artículo 3. Asamblea de Madrid.
- Artículo 4. Organismos autónomos.
- Artículo 5. Entes de Derecho público de régimen especial.
- Artículo 6. Entes de Derecho público sometidos al derecho privado.
- Artículo 7. Sociedades mercantiles.
- Artículo 8. Consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid.
- Artículo 9. Fundaciones del sector público.
- Artículo 10. Universidades públicas.
- Artículo 11. Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 12. Régimen jurídico de la actividad económico-financiera del sector público autonómico.
- Artículo 13. Principios de la actividad económico-financiera.
- Artículo 14. Reserva de ley.
- Artículo 15. Competencias del Consejo de Gobierno.
- Artículo 16. Competencias de la Consejería competente en materia de hacienda.
- Artículo 17. Competencias de los órganos superiores de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 18. Competencias de los organismos autónomos y entes de Derecho público de régimen especial.
- Artículo 19. Principio de caja única.
- Artículo 20. Principio de presupuesto anual.
- Artículo 21. Función interventora.
- Artículo 22. Control financiero.
- Artículo 23. Control de eficacia y supervisión continua de las entidades integrantes del sector público institucional.
- Artículo 24. Régimen de contabilidad.
- Artículo 25. Principio de responsabilidad.
- Artículo 26. Derechos de la Hacienda Pública.
- Artículo 27. Recursos de la Hacienda Pública.
- Artículo 28. Principio de no afectación de los recursos.
- Artículo 29. Competencias de administración de los recursos de la Hacienda Pública.
- Artículo 30. Gestión de los recursos.
- Artículo 31. Límites de la disposición de los derechos.
- Artículo 32. Prerrogativas de la Hacienda Pública relativas a derechos de naturaleza pública.
- Artículo 33. Gestión de la recaudación ejecutiva.
- Artículo 34. Suspensión del procedimiento de apremio y oposición al apremio en concepto de tercería.
- Artículo 35. Efectividad de los derechos de naturaleza privada.
- Artículo 36. Intereses de demora en cuantías adeudadas a la Hacienda Pública.
- Artículo 37. Actos y contratos en perjuicio de la Hacienda Pública.
- Artículo 38. Representación y defensa.
- Artículo 39. Prescripción de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública.
- Artículo 40. Aplicación de la prescripción y derechos de escasa cuantía.
- Artículo 41. Fuentes de las obligaciones.
- Artículo 42. Exigibilidad de las obligaciones.
- Artículo 43. Extinción de las obligaciones.
- Artículo 44. Prerrogativas en relación a bienes y derechos patrimoniales.
- Artículo 45. Cumplimiento de resoluciones judiciales y administrativas.
- Artículo 46. Interés de demora en obligaciones de la Hacienda Pública.
- Artículo 47. Prescripción de las obligaciones.
- Artículo 48. Obligaciones de derecho privado.
- Artículo 49. Aplicación de derechos y obligaciones al presupuesto.
- Artículo 50. Principios rectores de la política presupuestaria del sector público.
- Artículo 51. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
- Artículo 52. Límite de gasto no financiero.
- Artículo 53. Fondo de contingencia.
- Artículo 54. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las universidades públicas.
- Artículo 55. Contenido de los presupuestos generales.
- Artículo 56. Presupuestos que integran los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 57. Ámbito temporal.
- Artículo 58. Estructura de los presupuestos.
- Artículo 59. Estructura de los estados de gastos.
- Artículo 60. Clasificación orgánica de los créditos para gastos.
- Artículo 61. Clasificación funcional de los créditos para gastos.
- Artículo 62. Clasificación económica de los créditos para gastos.
- Artículo 63. Estructura de los estados de ingresos.
- Artículo 64. Presupuestos de organismos autónomos mercantiles.
- Artículo 65. Escenarios presupuestarios.
- Artículo 66. Competencia para la elaboración de los escenarios presupuestarios plurianuales.
- Artículo 67. Vinculación de la programación presupuestaria.
- Artículo 68. Límites de la elaboración del anteproyecto.
- Artículo 69. Procedimiento de elaboración.
- Artículo 70. Tramitación del anteproyecto de presupuestos generales.
- Artículo 71. Remisión a la Asamblea.
- Artículo 72. Prórroga de los presupuestos generales.
- Artículo 73. Limitación de los créditos.
- Artículo 74. Gastos plurianuales.
- Artículo 75. Autorización de gastos plurianuales.
- Artículo 76. Adquisición de bienes con pago aplazado.
- Artículo 77. Tramitación anticipada de los expedientes de gasto.
- Artículo 78. Transferencias internas y aportaciones al sector público institucional.
- Artículo 79. No disponibilidad de los créditos.
- Artículo 80. No disponibilidad de transferencias internas.
- Artículo 81. Anulación de los créditos.
- Artículo 82. Modificaciones de crédito.
- Artículo 83. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
- Artículo 84. Créditos provisionales.
- Artículo 85. Ampliaciones de crédito.
- Artículo 86. Transferencias de crédito.
- Artículo 87. Autorización de las transferencias de crédito.
- Artículo 88. Generaciones de crédito.
- Artículo 89. Habilitaciones de crédito.
- Artículo 90. Incorporaciones de crédito.
- Artículo 91. Reposición de crédito.
- Artículo 92. Proceso del gasto.
- Artículo 93. Competencia en materia de gestión de gastos en la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 94. Competencia en materia de gestión de gastos en los organismos autónomos y entes de Derecho público de régimen especial.
- Artículo 95. Competencia del Consejo de Gobierno en materia de gestión de gastos.
- Artículo 96. Reconocimiento de la obligación.
- Artículo 97. Gestión económica del presupuesto de ingresos.
- Artículo 98. Competencia en materia de gestión del presupuesto de ingresos.
- Artículo 99. Proceso del pago.
- Artículo 100. Órdenes de pago.
- Artículo 101. Pagos a Justificar.
- Artículo 102. Anticipos de caja fija.
- Artículo 103. Ayudas públicas.
- Artículo 104. Liquidación de los presupuestos.
- Artículo 105. Presupuestos de carácter estimativo.
- Artículo 106. Límites y modificaciones de presupuestos de carácter estimativo.
- Artículo 107. Elaboración.
- Artículo 108. Los presupuestos de las universidades públicas.
- Artículo 109. Obligaciones de información.
- Artículo 110. Del control interno y órganos afectados.
- Artículo 111. Definición, estructura y organización de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 112. Principios de actuación.
- Artículo 113. Deberes y facultades del personal que ejerza el control interno.
- Artículo 114. Objetivos del control interno.
- Artículo 115. Modalidades de control interno y formas de ejercicio.
- Artículo 116. Objeto y ámbito de la función interventora.
- Artículo 117. Modalidades de la función interventora.
- Artículo 118. Fiscalización e intervención previa de requisitos esenciales.
- Artículo 119. Fiscalización e intervención previa de muestra.
- Artículo 120. Exención de fiscalización.
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2025?
- Ley 5/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-24.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.