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Ley Vigente

Artículo 114. Objetivos del control interno.

Artículo 114 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2026-3217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

Son objetivos del control interno desarrollado por la Intervención General de la Comunidad de Madrid:

a) Verificar el cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación a la gestión objeto del control.

b) Verificar el adecuado registro y contabilización de las operaciones realizadas, y su fiel y regular reflejo en las cuentas y estados que, conforme a las disposiciones aplicables, deba formar cada órgano o entidad.

c) Evaluar que la actividad y los procedimientos objeto de control se realiza de acuerdo con los principios de buena gestión financiera y, en especial, los previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

d) Verificar el cumplimiento de los objetivos asignados a los centros gestores del gasto.

e) Verificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones derivados de la normativa que resulte de aplicación a los beneficiarios de subvenciones y ayudas y entidades colaboradoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

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