El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 89. Habilitaciones de crédito.

Artículo 89 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2026-3217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

El titular de la Consejería competente en materia de hacienda, a iniciativa de la dirección general competente en materia de presupuestos, podrá autorizar las habilitaciones de crédito que puedan establecerse en virtud de la mayor recaudación o reconocimiento de derechos de cualquiera de los subconceptos de ingresos previstos en la ley de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid de cada ejercicio.

Se dará cuenta al Consejo de Gobierno de las habilitaciones de crédito autorizadas en virtud de lo dispuesto en este artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Más artículos de Ley 5/2025

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.