Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria (procedente del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre).
BOE-A-1990-15348 · Boletín Oficial del Estado, 1990-06-30 · Jefatura del Estado
Ley 5/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/1990
- Fecha de la disposición
- 1990-06-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 156, 1990-06-30
- Entrada en vigor
- 1990-06-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 58
- Identificador BOE
- BOE-A-1990-15348
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Operaciones de Tesorería en relación con las Comunidades Europeas.
- Artículo 2. Modificaciones del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.
- Artículo 3. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos.
- Artículo 4. Avales públicos, otras garantías y relaciones con el Crédito Oficial
- Artículo 5. Aval del Estado Español al de Méjico.
- Artículo 6. Prórroga de la Ley 20/1989, de 28 de julio.
- Artículo 7. Tipos de gravamen pura personas físicas no residentes.
- Artículo 8. Gastos deducibles.
- Artículo 9. Corrección monetaria de variaciones patrimoniales.
- Artículo 10. Obligación de declarar.
- Artículo 11. Tarifa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 12. Reducción de las deducciones de la cuota en caso de período impositivo inferior al año.
- Artículo 13. Gravamen de rentas irregulares.
- Artículo 14. Deducciones de la cuota.
- Artículo 15. Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
- Artículo 16. Tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades
- Artículo 17. Cajas de Ahorro.
- Artículo 18. Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 19. Deducciones por inversiones y creación de empleo.
- Artículo 20. Recurso de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
- Artículo 21. Fondo de Previsión para Inversiones.
- Artículo 22. Base liquidable.
- Artículo 23. Tarifa.
- Artículo 24. Cuota tributaria.
- Artículo 25. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Artículo 26. Modificación de valores catastrales.
- Artículo 27. Licencias Fiscales.
- Artículo 28. Impuesto Municipal sobre la Radicación.
- Artículo 29. Beneficios fiscales.
- Artículo 30. Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Artículo 31. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
- Artículo 32. Transmisiones y rehabilitaciones de títulos y grandezas.
- Artículo 33. Transmisión de patrimonios empresariales o profesionales.
- Artículo 34. Operaciones de Arrendamiento Financiero.
- Artículo 35. Tipos impositivos.
- Artículo 36. Impuestos especiales.
- Artículo 37. Tipos impositivos de los Impuestos Especiales.
- Artículo 38. Tasas.
- Disposición adicional primera. De los créditos prorrogados.
- Disposición adicional segunda. Habilitación de créditos para inundaciones.
- Disposición adicional tercera. Tabla de deducción variable.
- Disposición adicional cuarta. Régimen fiscal de las fusiones y escisiones de Empresas
- Disposición adicional quinta. Régimen fiscal de actividades olímpicas y conmemorativas.
- Disposición adicional sexta. Régimen fiscal de las Cooperativas.
- Disposición adicional séptima. Adaptación general del sistema tributario a la entrada en vigor de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
- Disposición adicional octava. Asignación tributaria a fines religiosos y otros.
- Disposición adicional novena. Formulación de cuentas anuales abreviadas.
- Disposición adicional décima. Regulación del traspaso en supuestos de transformación, fusión o escisión
- Disposición adicional undécima. Régimen de afiliación de los cónyuges en Seguridad Social.
- Disposición adicional duodécima. Modificación de la Ley 30/1985, sobre el Valor Añadido.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de fusiones y escisiones.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de cuentas anuales.
- Disposición transitoria tercera. Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios.
- Disposición transitoria cuarta. Impuesto sobre Actividades Económicas
- Disposición final primera. Oferta de empleo público residual.
- Disposición final segunda. Habilitación de créditos para atender compromisos de gastos previamente contraídos con cargo a ejercicios futuros.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Disposición final cuarta. Instrucción y Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (46)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/1990?
- Ley 5/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/1990?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/1990?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.