Artículo 37. Tipos impositivos de los Impuestos Especiales.
Artículo 37 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria (procedente del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre). · BOE-A-1990-15348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-30.
Texto consolidado
Durante el año 1990, los tipos de los Impuestos Especiales serán los vigentes durante el año 1989, con las modificaciones siguientes:
Uno. Impuesto sobre Hidrocarburos:
Epígrafe 2.1.3: 37 pesetas por litro.
Epígrafe 2.1.5: 35 pesetas por litro.
Epígrafe 2.2.1: 40 pesetas por litro.
Epígrafe 2.2.2: 9 pesetas por litro.
Dos. Impuesto sobre las Labores del Tabaco:
El tipo «ad valorem» aplicable a los cigarrillos negros será del 42 por 100.