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Ley Vigente

Artículo 23. Tarifa.

Artículo 23 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria (procedente del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre). · BOE-A-1990-15348

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

Texto consolidado

El artículo 21 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, quedará redactado de la forma siguiente:

«La cuota íntegra del impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable, calculada según lo dispuesto en el artículo anterior, la siguiente escala:

Base liquidable

hasta

Pesetas

Tipo medio

Porcentaje

Cuota íntegra

Pesetas

Resto

Pesetas

Tipo aplicable

Porcentaje

1.081.500

7,65

1.081.500

7,65

82.735

1.081.500

8,50

2.163.000

8,08

174.662

1.081.500

9,35

3.244.500

8,50

275.783

1.081.500

10,20

4.326.000

8,93

386.096

1.081.500

11,05

5.407.500

9,35

505.601

1.081.500

11,90

6.489.000

9,78

634.300

1.081.500

12,75

7.570.500

10,20

772.191

1.081.500

13,60

8.652.000

10,63

919.275

1.081.500

14,45

9.733.500

11,05

1.075.552

1.081.500

15,30

10.815.000

11,48

1.241.021

5.407.500

16,15

16.222.500

13,03

2.114.333

5.407.500

18,70

21.630.000

14,45

3.125.535

10.815.000

21,25

32.445.000

16,72

5.423.723

21.630.000

25,50

54.075.000

20,23

10.939.373

54.075.000

29,75

108.150.000

24,99

27.026.685

Exceso

34,00»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

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