Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono.
BOE-A-2010-20049 · Boletín Oficial del Estado, 2010-12-30 · Jefatura del Estado
Ley 40/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 40/2010 regula el almacenamiento geológico de dióxido de carbono (CO2) en España, estableciendo un marco jurídico para su desarrollo seguro y sostenible, con el objetivo de mitigar el cambio climático. Esta norma es aplicable a todas las entidades que realicen actividades de almacenamiento de CO2 en estructuras subterráneas dentro del territorio español, incluyendo su mar territorial y plataforma continental, desde su entrada en vigor el 30 de diciembre de 2010.
Entre los puntos clave de la ley, se establece que las empresas deben obtener permisos de investigación y concesiones de almacenamiento, garantizando la idoneidad de los lugares seleccionados y la seguridad ambiental. Además, los titulares de las concesiones tienen la obligación de realizar un seguimiento continuo del almacenamiento, informar sobre irregularidades y fugas, y adoptar medidas correctoras cuando sea necesario. La ley también contempla la creación de un fondo para cubrir los costes de seguimiento tras la transferencia de responsabilidad al Estado, que se producirá 20 años después del cierre del lugar de almacenamiento, siempre que se demuestre que el CO2 está completamente confinado. Esta ley no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Ley 40/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-12-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 317, 2010-12-30
- Entrada en vigor
- 2010-12-31
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 59
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-20049
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación y prohibiciones.
- Artículo 3. Dominio público.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Competencias.
- Artículo 6. Concurrencia de derechos.
- Artículo 7. Otras autorizaciones.
- Artículo 8. Permiso de investigación.
- Artículo 9. Tramitación de los permisos de investigación.
- Artículo 10. Concesión de almacenamiento.
- Artículo 11. Tramitación de concesiones de almacenamiento.
- Artículo 12. Garantía financiera.
- Artículo 13. Condiciones para otorgar las concesiones de almacenamiento.
- Artículo 14. Contenido de las concesiones de almacenamiento.
- Artículo 15. Revisión y revocación de las concesiones de almacenamiento.
- Artículo 16. Transmisibilidad de permisos de investigación y concesiones de almacenamiento.
- Artículo 17. Extinción de los permisos de investigación y concesiones de almacenamiento.
- Artículo 18. Composición de la corriente de dióxido de carbono.
- Artículo 19. Seguimiento.
- Artículo 20. Obligaciones de información.
- Artículo 21. Inspecciones.
- Artículo 22. Medidas en caso de irregularidades significativas o fugas.
- Artículo 23. Obligaciones relativas al cierre y al periodo posterior al cierre.
- Artículo 24. Transferencia de responsabilidad.
- Artículo 25. Seguimiento de lugares de almacenamiento de dióxido de carbono tras la transferencia de responsabilidad.
- Artículo 26. Acceso a la red de transporte y a los lugares de almacenamiento.
- Artículo 27. Solución de conflictos.
- Artículo 28. Registro de lugares de almacenamiento.
- Artículo 29. Publicidad.
- Artículo 30. Infracciones.
- Artículo 31. Infracciones muy graves.
- Artículo 32. Infracciones graves.
- Artículo 33. Infracciones leves.
- Artículo 34. Graduación de las sanciones.
- Artículo 35. Sanciones.
- Artículo 36. Medidas cautelares.
- Artículo 37. Procedimiento sancionador.
- Artículo 38. Competencia para imponer sanciones.
- Disposición adicional primera. Concesiones de almacenamiento y planeamiento.
- Disposición adicional segunda. Obligaciones para instalaciones de combustión de más de 300 megavatios.
- Disposición adicional tercera. Almacenamiento geológico de CO2 en el subsuelo marino.
- Disposición adicional cuarta. Proyectos considerados en el Plan de Recuperación Económica de la UE.
- Disposición transitoria primera. Títulos concedidos al amparo de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
- Disposición transitoria segunda. Zonas de reserva a favor del Estado.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Disposición final octava. Modificación del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
- Disposición final novena. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los I…
- Disposición final décima. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
- Disposición final undécima. Título competencial.
- Disposición final duodécima. Incorporación del derecho comunitario.
- Disposición final decimotercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final decimocuarta. Supletoriedad.
- Disposición final decimoquinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 40/2010?
- Ley 40/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 40/2010?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 40/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.