Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos
BOE-A-2008-1405 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-26 · Ministerio de Medio Ambiente
Real Decreto Legislativo 1/2008 está derogada desde el 2013-12-12: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto Legislativo 1/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-01-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 23, 2008-01-26
- Entrada en vigor
- 2008-01-27
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2013-12-12
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-1405
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición final séptima de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y protección de la atmósfera autoriza al Gobierno para que, en el plazo máximo de un año contado a partir de su entrada en vigor, elabore y apruebe un texto refundido en el que regularice, aclare y armonice las disposiciones legales vigentes en materia de evaluación de impacto ambiental.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental.
- Disposición adicional única. Remisiones normativas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito.
- Artículo 4. Competencias.
- Artículo 5. Evaluación de impacto ambiental de proyectos.
- Artículo 6. Solicitud de evaluación de impacto ambiental para proyectos del anexo I.
- Artículo 7. Estudio de impacto ambiental.
- Artículo 8. Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
- Artículo 9. Trámite de información pública y de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
- Articulo 10. Plazo para evacuar el trámite de información pública y de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
- Artículo 11. Evaluación de impacto ambiental con efectos transfronterizos.
- Articulo 12. Declaración de impacto ambiental.
- Articulo 13. Resolución de discrepancias.
- Articulo 14. Caducidad de la declaración de impacto ambiental.
- Artículo 15. Publicidad del proyecto autorizado.
- Artículo 16. Solicitud para la determinación de sometimiento o no a evaluación de impacto ambiental.
- Articulo 17. Determinación de sometimiento o no sometimiento a evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 18. Seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental.
- Artículo 18 bis. Proyectos sometidos a comunicación o declaración responsable.
- Artículo 19. Régimen sancionador.
- Artículo 20. Infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 21. Sanciones correspondientes a las infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 22. Suspensión de la ejecución del proyecto o de actividades por omisión o defectos en la evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 23. Reparación e indemnización de daños.
- Disposición adicional primera. Proyectos excluidos del trámite de evaluación de impacto ambiental.
- Disposición adicional segunda. Exclusión de proyectos del trámite de evaluación de impacto ambiental por motivos excepcionales.
- Disposición adicional tercera. Proyectos estatales que deban someterse al trámite de evaluación de impacto ambiental por aplicación de la legislación autonómica.
- Disposición adicional cuarta. Evaluación ambiental de los proyectos estatales que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000.
- Disposición adicional quinta. Confidencialidad del órgano ambiental en la evaluación de impacto ambiental sobre las informaciones aportadas por el titular del proyecto.
- Disposición adicional sexta. Adecuación normativa.
- Disposición final primera. Titulo competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto Legislativo 1/2008?
- Real Decreto Legislativo 1/2008 está derogada desde el 2013-12-12: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto Legislativo 1/2008?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto Legislativo 1/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.