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Ley 4/2001, de 31 de mayo, reguladora de la Mediación Familiar.

BOE-A-2001-12716 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-02 · Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 4/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

La Ley 4/2001, de 31 de mayo, regula la mediación familiar en Galicia como un método para resolver conflictos derivados de rupturas matrimoniales o de pareja. Esta norma es aplicable a todas las personas que se encuentren en situaciones de crisis familiar en Galicia desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave de la ley, se establece que la mediación puede iniciarse tanto antes como durante procedimientos judiciales, buscando soluciones consensuadas. Los mediadores, que deben ser profesionales especializados, actúan de manera imparcial y no tienen poder decisional, lo que significa que las partes son libres de aceptar o rechazar las propuestas de solución. Además, se garantiza la gratuidad del servicio para quienes cumplan con los requisitos de asistencia jurídica gratuita, mientras que el resto deberá abonar el coste según tarifas establecidas. La ley también enfatiza la importancia de la confidencialidad en el proceso de mediación, protegiendo la información compartida durante las sesiones.

La ley no está derogada y sigue vigente, promoviendo un enfoque de resolución de conflictos que prioriza el bienestar de los menores y la comunicación entre las partes.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 4/2001
Fecha de la disposición
2001-05-31
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 157, 2001-07-02
Entrada en vigor
2002-03-18
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
27
Identificador BOE
BOE-A-2001-12716
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

De entre las diversas modalidades de protección pública a las unidades familiares que se registran en el panorama nacional e internacional sobresalen aquellas que consisten en el ofrecimiento de actividades de mediación para la solución de los conflictos familiares que pueden surgir de situaciones de crisis matrimonial o de pareja.

Este instrumento de mediación familiar aún no cuenta, ciertamente, con tradición en los ordenamientos contemporáneos, pero la efectividad real del mismo ya ha sido contrastada de modo suficiente en algunos ámbitos, revelándose como un instrumento eficaz de solución de las discordias entre esposos o pareja y, a la vez, como un dispositivo idóneo para solventar, con soluciones apropiadas, la problemática que, en el ámbito particular de las relaciones paterno-materno-filiales, surge con motivo de esos conflictos familiares.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 4/2001?
Ley 4/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2001?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2001?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.