Ley 30/1983, de 28 de diciembre, reguladora de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.
BOE-A-1983-34079 · Boletín Oficial del Estado, 1983-12-29 · Jefatura del Estado
Ley 30/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 30/1983
- Fecha de la disposición
- 1983-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 311, 1983-12-29
- Entrada en vigor
- 1983-12-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 35
- Identificador BOE
- BOE-A-1983-34079
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente, vieren y entendieren
Índice del articulado
- Artículo uno. Tributos cedidos.
- Artículo dos. Rendimiento que se cede.
- Artículo tres. Normativa aplicable a los tributos cedidos.
- Artículo cuatro. Puntos de conexión en el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
- Artículo cinco. Puntos de conexión en el Impuesto General sobre Sucesiones.
- Artículo seis. Puntos de conexión en el Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo siete. Puntos de conexión en el Impuesto sobre el lujo.
- Artículo ocho. Puntos de conexión en las tasas y demás exacciones sobre el juego.
- Artículo nueve. Residencia habitual.
- Artículo diez. Domicilio fiscal de las personas jurídicas.
- Artículo once. Titularidad de las competencias.
- Artículo doce. Delegación de competencias.
- Artículo trece. Alcance de la delegación de competencias en relación con la gestión y liquidación.
- Artículo catorce. Alcance de la delegación de competencias en relación con la recaudación de los tributos cedidos.
- Artículo quince. De la gestión recaudatoria de las Comunidades Autónomas.
- Artículo dieciséis. Alcance de la delegación de competencia en relación con la Inspección.
- Artículo diecisiete. Alcance de la delegación de competencia en relación con la revisión en vía administrativa.
- Artículo dieciocho. Intervención, contabilidad y fiscalización.
- Artículo diecinueve. Colaboración entre Administraciones.
- Artículo veinte. Gestión por las Comunidades Autónomas de los Impuestos sobre Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo veintiuno. Delito fiscal.
- Artículo veintidós. Elusión fiscal mediante sociedades.
- Artículo veintitrés. Secreto bancario y colaboración en la gestión tributaria.
- Artículo veinticuatro. Comisiones Coordinadoras.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 30/1983?
- Ley 30/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 30/1983?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 30/1983?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.