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Ley 2/2015, de 27 de febrero, de régimen sancionador en materia de actividades marítimas, náuticas y subacuáticas (deportivas y recreativas) en las Illes Balears.

BOE-A-2015-3331 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-28 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Ley 2/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-15.

Resumen

Esta norma regula el régimen sancionador para las actividades marítimas, náuticas y subacuáticas (deportivas y recreativas) en las Illes Balears. Aplica a todas las personas y entidades que realicen estas actividades desde su entrada en vigor el 28 de febrero de 2015.

Establece un marco normativo que unifica y clarifica las infracciones y sanciones relacionadas con actividades como el arrendamiento de embarcaciones, la enseñanza náutica y el buceo recreativo. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones que van desde advertencias hasta multas de 200.000 euros, dependiendo de la gravedad. Además, se establece que la administración tiene la potestad de imponer sanciones y que las personas responsables de las infracciones pueden ser tanto físicas como jurídicas, incluyendo a directivos y centros de formación. También se prevén medidas provisionales para proteger los intereses implicados en caso de infracciones graves o muy graves.

Esta ley no está derogada y sigue vigente, aunque se han realizado modificaciones posteriores.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 2/2015
Fecha de la disposición
2015-02-27
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 75, 2015-03-28
Entrada en vigor
2015-03-08
Departamento
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-01-15
Artículos
19
Identificador BOE
BOE-A-2015-3331
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 2/2015?
Ley 2/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-15.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2015?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2015?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.