Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía.
BOE-A-2001-10572 · Boletín Oficial del Estado, 2001-06-05 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 2/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-05-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2001-06-05
- Entrada en vigor
- 2001-05-25
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-10572
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Asuntos objeto de la consulta popular local.
- Artículo 3. Sufragio universal.
- Artículo 4. Períodos excluidos de la consulta.
- Artículo 5. Circunscripción electoral.
- Artículo 6. Iniciativa.
- Artículo 7. Verificación de los requisitos.
- Artículo 8. Información pública.
- Artículo 9. Acuerdo de celebración.
- Artículo 10. Tramitación de la autorización.
- Artículo 11. Convocatoria.
- Artículo 12. Administración electoral.
- Artículo 13. Junta Electoral de Zona.
- Artículo 14. Medios personales, materiales y económicos.
- Artículo 15. Cuerpo electoral.
- Artículo 16. Acreditación del derecho de sufragio.
- Artículo 17. Determinación y reclamaciones.
- Artículo 18. Formación de las Mesas electorales.
- Artículo 19. Campaña de información.
- Artículo 20. Espacios y lugares públicos de información.
- Artículo 21. Campaña institucional.
- Artículo 22. Papeletas, sobres y actas.
- Artículo 23. Características de la papeleta de votación.
- Artículo 24. Requisitos.
- Artículo 25. Constitución de las mesas.
- Artículo 26. Votación y escrutinio.
- Artículo 27. Escrutinio general y proclamación del resultado.
- Disposición adicional primera. Registro de consultas.
- Disposición adicional segunda. Cooperación con los municipios.
- Disposición adicional tercera. Plazos.
- Disposición final primera. Legislación supletoria.
- Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local |
| De conformidad con | el art. 15.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2001?
- Ley 2/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.