Ley 2/2001, de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.
BOE-A-2001-11965 · Boletín Oficial del Estado, 2001-06-22 · Comunidad de Madrid
Ley 2/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-04-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 149, 2001-06-22
- Entrada en vigor
- 2001-05-05
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 46
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-11965
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidad.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Organización administrativa.
- Artículo 5. Ámbito de aplicación.
- Artículo 6. Régimen jurídico.
- Artículo 7. Principios generales.
- Artículo 8. Protección de los menores.
- Artículo 9. Obligaciones y prohibiciones.
- Artículo 10. Alcance del derecho a la información.
- Artículo 11. Contenido de la información.
- Artículo 12. Declaración de autorregulación.
- Artículo 13. Comunicaciones de interés público.
- Artículo 14. Derecho de réplica y protección de la intimidad.
- Artículo 15. Definiciones.
- Artículo 16. Situaciones de dominio.
- Artículo 17. Programadores independientes.
- Artículo 18. Información a los programadores independientes.
- Artículo 19. Potestad de recabar información.
- Artículo 20. Creación, naturaleza y adscripción.
- Artículo 21. Composición.
- Artículo 22. Nombramiento.
- Artículo 23. Funciones.
- Artículo 24. Funciones de arbitraje.
- Artículo 25. Régimen jurídico.
- Artículo 26. Creación y dependencia.
- Artículo 27. Composición y nombramiento.
- Artículos 20 a 27.
- Artículo 28. Funciones.
- Artículo 29. Relación con el Consejo.
- Artículo 30. Régimen jurídico.
- Artículo 31. Potestad de recabar información.
- Artículos 29 a 31.
- Artículo 32. Inspección y control.
- Artículo 33. Infracciones.
- Artículo 34. Sanciones.
- Artículo 35. Potestad.
- Artículo 36. Competencia.
- Artículo 37. Procedimiento.
- Artículo 38. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Organismos de autorregulación.
- Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid.
- Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 42/1995, de 22 de diciembre |
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. |
| De conformidad con | Ley 25/1994, de 12 de julio |
| Modifica | Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2001?
- Ley 2/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2001?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.