Ley 2/1983, de 4 de octubre, por la que se declaran de interés general para la Comunidad Valenciana determinadas funciones propias de las Diputaciones Provinciales.
BOE-A-1984-657 · Boletín Oficial del Estado, 1984-01-11 · Comunidad Valenciana
Ley 2/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
Esta norma regula la declaración de interés general de ciertas funciones de las Diputaciones Provinciales en la Comunidad Valenciana y establece un sistema de coordinación entre estas y la Generalidad Valenciana. Aplica a las Diputaciones de Alicante, Castellón y Valencia desde su promulgación el 4 de octubre de 1983.
Los puntos clave de esta ley son: 1) Se declaran de interés general funciones como la ordenación del territorio, la agricultura, la protección de la naturaleza, y la difusión cultural, entre otras. 2) La Generalidad Valenciana asume la coordinación de estas funciones, especialmente cuando su impacto excede el ámbito provincial. 3) Las Diputaciones están obligadas a seguir las directrices de coordinación que establezca el Consejo de la Generalidad, que deben ser aprobadas y publicadas anualmente. 4) Los presupuestos de las Diputaciones deben unirse a los de la Generalidad, y cualquier incumplimiento puede llevar a la suspensión de subvenciones.
La norma no está derogada, pero se menciona que ciertos párrafos fueron declarados inconstitucionales y nulos por el Tribunal Constitucional en 1987.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/1983
- Fecha de la disposición
- 1983-10-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 9, 1984-01-11
- Entrada en vigor
- 1983-10-06
- Departamento
- Comunidad Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-1984-657
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Aprobada por las Cortes Valencianas la Ley 2/1983, de 4 de octubre publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» número 124, de 6 de octubre, se inserta a continuación el texto correspondiente.
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/1983?
- Ley 2/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/1983?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/1983?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.