Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 2/1983, de 4 de octubre, por la que se declaran de interés general para la Comunidad Valenciana determinadas funciones propias de las Diputaciones Provinciales. · BOE-A-1984-657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-10-06.
Texto consolidado
Para el ejercicio de 1983, los Presupuestos de las Diputaciones Provinciales se unirán a los de la Generalidad siguiendo la tramitación establecida, aun cuando ya estuvieran aprobados, o en tramitación ante las Cortes, los de la Generalidad.