Ley 16/2015, de 7 de julio, por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el Exterior.
BOE-A-2015-7624 · Boletín Oficial del Estado, 2015-07-08 · Jefatura del Estado
Ley 16/2015 está derogada desde el 2023-01-11: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-07-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2015-07-08
- Entrada en vigor
- 2015-07-09
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2023-01-11
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 48
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-7624
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Miembro nacional de España en Eurojust.
- Artículo 2. Nombramiento.
- Artículo 3. Duración del mandato e incompatibilidades.
- Artículo 4. Cese.
- Artículo 5. Memoria de actividades.
- Artículo 6. Miembro nacional suplente.
- Artículo 7. Asistentes del miembro nacional.
- Artículo 8. Situación administrativa y dependencia orgánica.
- Artículo 9. Atribuciones del miembro nacional de España en Eurojust.
- Artículo 10. Competencias ejercidas por las autoridades nacionales competentes a propuesta del miembro nacional.
- Artículo 11. Participación del miembro nacional en equipos conjuntos de investigación.
- Artículo 12. Acceso e intercambio de información con el miembro nacional.
- Artículo 13. Funcionamiento de los ficheros temporales de trabajo y el índice.
- Artículo 14. Protección de datos.
- Artículo 15. Corresponsales nacionales de Eurojust.
- Artículo 16. Funciones de los corresponsales nacionales de Eurojust.
- Artículo 17. Funciones del corresponsal nacional para asuntos de terrorismo.
- Artículo 18. Sistema de coordinación nacional de Eurojust.
- Artículo 19. Funciones del coordinador nacional de Eurojust.
- Artículo 20. Acceso al sistema de gestión de casos a nivel nacional.
- Artículo 21. Deber de colaboración.
- Artículo 22. Actuaciones a instancia de Eurojust.
- Artículo 23. Solicitud de intervención de Eurojust.
- Artículo 24. Transmisión de información a Eurojust.
- Artículo 25. Excepciones a la obligación de transmitir información.
- Artículo 26. Estructura de la información transmitida.
- Artículo 27. Remisión a España de las actuaciones penales iniciadas en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Artículo 28. Célula de coordinación de emergencias.
- Artículo 29. Miembro de la Autoridad Común de Control.
- Artículo 30. Solicitud de contacto a la autoridad competente de otro Estado miembro ante la sospecha de un conflicto de jurisdicción.
- Artículo 31. Respuesta a la solicitud de contacto recibida por la autoridad española competente ante un eventual conflicto de jurisdicción.
- Artículo 32. Decisión en relación con el conflicto de jurisdicción.
- Artículo 33. Nombramiento y cese de los puntos de contacto.
- Artículo 34. Funciones de los puntos de contacto.
- Artículo 35. Del coordinador nacional de la Red Judicial europea y del coordinador nacional de la Red de Equipos Conjuntos de Investigación.
- Artículo 36. Funciones del coordinador nacional de la Red Judicial europea y del coordinador nacional de la Red de Equipos Conjuntos de investigación.
- Artículo 37. Del corresponsal de herramientas de la Red Judicial Europea.
- Artículo 38. Nombramiento y cese.
- Artículo 39. Adquisición de la condición de punto de contacto de la Red Judicial Europea.
- Disposición adicional primera. Régimen retributivo.
- Disposición adicional segunda. Comunicación a Eurojust y a la Secretaría General del Consejo.
- Disposición adicional tercera. No incremento de gasto.
- Disposición transitoria. Vigencia de los nombramientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Decisión 2008/976/JAI, de 16 de diciembre |
| De conformidad con | Decisión 2009/426/JAI, de 16 de diciembre |
| Deroga | Ley 16/2006, de 26 de mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano de la Unión Europea. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2015?
- Ley 16/2015 está derogada desde el 2023-01-11: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 16/2015?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.