Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana.
BOE-A-1995-3325 · Boletín Oficial del Estado, 1995-02-08 · Comunidad Valenciana
Ley 11/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 33, 1995-02-08
- Entrada en vigor
- 1995-01-29
- Departamento
- Comunidad Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 90
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-3325
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
La Comunidad Valenciana se caracteriza por una notable diversidad de ambientes que, en conjunto, configuran un patrimonio natural rico y variado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Finalidad.
- Artículo 3. Clases de espacios naturales protegidos y de espacios protegidos Red Natura 2000.
- Artículo 4. Denominaciones.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7. Parques naturales.
- Artículo 8. Parajes naturales.
- Artículo 9. Parajes naturales municipales.
- Artículo 10. Reservas naturales.
- Artículo 11. Monumentos naturales.
- Artículo 12. Sitios de interés.
- Artículo 13. Paisajes protegidos.
- Artículo 14. Usos tradicionales agrícolas.
- Artículo 14 bis. Zonas de Especial Protección para las Aves.
- Artículo 14 ter. Lugares de Importancia Comunitaria y Zonas Especiales de Conservación.
- Artículo 14 quáter. Medidas aplicables en los espacios protegidos Red Natura 2000.
- Artículo 14 quinquies. Régimen de evaluación y autorización de planes, programas y proyectos.
- Artículo 14 sexies. Coherencia y conectividad.
- Artículo 15. Zonas húmedas.
- Artículo 16. Protección de las cuevas.
- Artículo 17. Vías pecuarias.
- Artículo 18. Enumeración de los efectos.
- Artículo 19. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 20. Utilización de bienes incluidos en espacios naturales protegidos.
- Artículo 21. Áreas de influencia socio-económica.
- Artículo 22. Fomento.
- Artículo 23. Servidumbre de instalación de señales.
- Artículo 23 bis. Enumeración de los efectos.
- Artículo 24. Competencias.
- Artículo 25. Iniciativa.
- Artículo 26. Tramitación.
- Artículo 27. Declaración.
- Artículo 28. Régimen de protección preventiva.
- Artículo 29. Áreas de amortización de impactos.
- Artículo 29 bis. Propuesta, aprobación y publicidad de Lugares de Importancia Comunitaria.
- Artículo 29 ter. Declaración de Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para las Aves.
- Artículo 29 quáter. Zonas periféricas.
- Artículo 30. Enumeración de instrumentos.
- Artículo 31. Ordenación de espacios naturales.
- Artículo 32. Concepto.
- Artículo 33. Zonificación.
- Artículo 34. Contenido documental.
- Artículo 35. Efectos.
- Artículo 36. Tramitación.
- Artículo 37. Concepto.
- Artículo 38. Ámbito.
- Artículo 39. Contenido.
- Artículo 40. Efectos.
- Artículo 41. Tramitación.
- Artículos 42 y 43.
- Artículo 42. Objeto y contenido.
- Artículo 43. Tramitación.
- Artículos 44 a 47.
- Artículo 44. Concepto.
- Artículo 45. Contenido.
- Artículo 46. Efectos.
- Artículo 47. Tramitación.
- Artículo 47 bis. Concepto.
- Artículo 47 ter. Contenido.
- Artículo 47 quáter. Efectos.
- Artículo 48 quinquies. Tramitación.
- Artículo 48. Órganos de gestión.
- Artículo 49. Funciones del responsable de la dinamización
- Artículo 50. Funciones del órgano colegiado.
- Artículo 51. Composición del órgano colegiado.
- Artículo 52. Infracciones.
- Artículo 53. Concurrencia de infracciones.
- Artículo 54. Calificación de las infracciones.
- Artículo 55. Reparación del daño causado.
- Artículo 56. Responsables de las infracciones.
- Artículo 57. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 58. Multas.
- Artículo 59. Procedimiento sancionador.
- Artículo 60. Competencias sancionadoras.
- Artículo 61. Acción pública.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava. Funciones del cuerpo de agentes medioambientales.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (14)
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/1994?
- Ley 11/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 11/1994?
- El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.