Ley 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
BOE-A-2006-5810 · Boletín Oficial del Estado, 2006-03-31 · Comunidad Autónoma de Cantabria
Ley 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-03-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 77, 2006-03-31
- Entrada en vigor
- 2006-05-15
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cantabria
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 74
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-5810
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
- Artículo 2. Concepto de consumidor y usuario.
- Artículo 2 bis. Concepto de empresario.
- Artículo 3. Derechos de los consumidores y usuarios.
- Artículo 4. Colectivos especialmente protegidos.
- Artículo 5. Administraciones públicas de Cantabria.
- Artículo 6. Contenido.
- Artículo 7. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas.
- Artículo 8. Ámbito especial de actuación.
- Artículo 9. Contenido.
- Artículo 10. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas.
- Artículo 10 bis. Régimen de comprobación y servicios de atención al cliente.
- Artículo 11. Contenido.
- Artículo 12. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas.
- Artículo 13. Arbitraje de consumo.
- Artículo 14. Comunicaciones comerciales.
- Artículo 14 bis. Prácticas comerciales.
- Artículo 15. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas.
- Artículo 16. Espacios en medios de comunicación social y memoria anual.
- Artículo 17. Oficinas de información.
- Artículo 18. Comunicaciones comerciales en el mercado inmobiliario de nueva edificación.
- Artículo 19. Información en materia de precios.
- Artículo 19 bis. Información necesaria en la oferta comercial de bienes y servicios.
- Artículo 20. Etiquetado.
- Artículo 21. Contenido.
- Artículo 22. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas en materia de educación.
- Artículo 23. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas en materia de formación.
- Artículo 24. Utilización de los medios de comunicación social.
- Artículo 25. Organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 26. Condiciones para el acceso a subvenciones y ayudas públicas.
- Artículo 27. Ámbito de actuación de las Administraciones públicas.
- Artículo 28. Ámbito de actuación de las organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 29. Trámite de audiencia en consulta a organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 30. Consejo Cántabro de Consumo.
- Artículo 31. Actuaciones administrativas de protección.
- Artículo 32. Vigilancia, control e inspección.
- Artículo 33. Inspección de consumo.
- Artículo 34. Organización y funcionamiento de la inspección de consumo.
- Artículo 35. Los inspectores de consumo.
- Artículo 36. Colaboración con la inspección de consumo.
- Artículo 37. Acceso al establecimiento y otras dependencias de los sujetos inspeccionados.
- Artículo 38. Toma de muestras.
- Artículo 39. Actas de inspección.
- Artículo 40. Hojas de reclamaciones y denuncias.
- Artículo 41. Apoyo técnico.
- Artículo 42. Procedimiento.
- Artículo 43. Responsabilidad civil y penal.
- Artículo 44. Potestad sancionadora.
- Artículo 45. Competencia sancionadora de los municipios.
- Artículo 46. Personas responsables.
- Artículo 47. Lugar de comisión de la infracción.
- Artículo 48. Medidas preventivas.
- Artículo 49. Concepto.
- Artículo 50. Tipificación de infracciones.
- Artículo 50 bis. Calificación de las infracciones.
- Artículo 51. Importe de las sanciones.
- Artículo 52. Circunstancias agravantes y atenuantes.
- Artículo 53. Graduación de las sanciones.
- Artículo 54. Reducción de las sanciones.
- Artículo 55. Sanciones accesorias.
- Artículo 56. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 57. Interrupción del plazo de prescripción.
- Artículo 58. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 59. Procedimiento.
- Artículo 60. Multas coercitivas.
- Disposición adicional única. Aplicación de normativa supletoria.
- Disposición adicional primera. Aplicación de normativa supletoria.
- Disposición adicional única. Aplicación de normativa supletoria.
- Disposición adicional segunda. Instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción.
- Disposición transitoria única. Procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Actualización de cuantías de las sanciones.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 26/1984, de 19 de julio |
| De conformidad con | Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria. |
| Deroga | la Ley 6/1998, de 15 de mayo |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2006?
- Ley 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2006?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.