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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 21. Contenido.

Artículo 21 de la Ley 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios. · BOE-A-2006-5810

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. La educación y formación de los consumidores y usuarios en materia de consumo tiene como objetivo posibilitar el conocimiento de sus derechos y obligaciones, así como de las vías más adecuadas para su ejercicio efectivo, propiciando un comportamiento en libertad, responsabilidad, racionalidad y seguridad en el consumo de bienes y en la utilización de servicios.

2. La educación de los consumidores y usuarios en materia de consumo se considerará parte de la formación integral del individuo, fomentándose la incorporación de valores ecológicos, sociales y éticos a los hábitos de compra, uso, disfrute y eliminación de los bienes y servicios.

3. En el cumplimiento de lo dispuesto en los apartados anteriores, se prestará especial atención a aquellos sectores que, debido a su complejidad o características propias, cuenten con mayor proporción de personas consumidoras vulnerables entre sus clientes o usuarios, atendiendo de forma precisa a las circunstancias que generan la situación de concreta vulnerabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-2180.

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