Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas.
BOE-A-2020-2389 · Boletín Oficial del Estado, 2020-02-19 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Decreto-ley 1/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 1/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-01-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 43, 2020-02-19
- Entrada en vigor
- 2020-01-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-23
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-2389
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. Las Illes Balears poseen una estructura productiva claramente marcada por la preponderancia del sector servicios, el cual conforma más del ochenta por ciento del producto interior bruto. Esta característica diferenciadora de la economía del archipiélago balear se basa principalmente en el peso de los sectores del comercio y la hostelería, ambos directamente relacionados con la actividad turística. Además, nuestra comunidad se ha convertido en un destino de preferencia en el mercado turístico europeo y mundial y es la quinta región europea con más pernoctaciones totales (residentes y no residentes) y la tercera con un número más elevado de pernoctaciones hechas por turistas no residentes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Ámbito territorial.
- Artículo 3. Medidas para establecimientos de alojamiento turístico y viviendas objeto de comercialización turística.
- Artículo 4. Publicidad de bebidas alcohólicas.
- Artículo 5. Exposición de bebidas alcohólicas.
- Artículo 6. Venta de bebidas alcohólicas.
- Artículo 7. Prácticas denigrantes.
- Artículo 8. Fiestas y excursiones en barcos.
- Artículo 8 bis. Consumo de alcohol en la vía pública.
- Artículo 9. Planificación, coordinación y colaboración.
- Artículo 10. Comisión para el Fomento del Civismo en Zonas Turísticas.
- Artículo 11. Procedimiento sancionador.
- Artículo 12. Medidas cautelares.
- Artículo 13. Faltas muy graves.
- Artículo 14. Faltas graves.
- Artículo 15. Faltas leves.
- Artículo 16. Sanciones.
- Artículo 17. Sanción accesoria.
- Artículo 18. Gradación de las sanciones.
- Artículo 19. Órganos competentes.
- Artículo 19 bis. Delegación de competencias.
- Artículo 20. Publicidad del régimen sancionador.
- Artículo 21. Personas responsables.
- Artículo 22. Extinción de la responsabilidad.
- Disposición adicional primera. Ámbito territorial.
- Disposición adicional segunda. Fiestas en barcos.
- Disposición adicional tercera. Deber de comunicación.
- Disposición transitoria única. Venta de bebidas alcohólicas.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Ampliación del ámbito territorial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 1/2020?
- Decreto-ley 1/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 1/2020?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 1/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.