Decreto-ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para afrontar los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
BOE-A-2020-9942 · Boletín Oficial del Estado, 2020-08-24 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Decreto-ley 11/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
Resumen
Este Decreto-ley regula un régimen sancionador específico para abordar los incumplimientos de las medidas adoptadas en las Illes Balears para mitigar los efectos de la crisis provocada por la COVID-19. Se aplica a todas las personas y entidades que incumplan las disposiciones establecidas desde su entrada en vigor el 10 de julio de 2020.
Entre los puntos clave, se establecen tres categorías de infracciones: muy graves, graves y leves, cada una con sanciones económicas que varían desde 100 hasta 600.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Por ejemplo, el incumplimiento de límites de aforo o la organización de eventos que generen aglomeraciones se consideran infracciones muy graves. Además, se contempla la posibilidad de cerrar locales o prohibir actividades como sanciones accesorias. El procedimiento sancionador se centraliza en la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización, que es responsable de iniciar y resolver los procedimientos, garantizando así una gestión más eficiente. Este Decreto-ley se mantendrá vigente hasta que el Gobierno central declare la finalización de la crisis sanitaria.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 11/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 227, 2020-08-24
- Entrada en vigor
- 2020-07-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-23
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-9942
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Desde la calificación por la Organización Mundial de la Salud como pandemia internacional, la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 ha evolucionado, tanto a nivel nacional como mundial, con enorme rapidez y esto ha puesto de relieve una intensa actividad de los poderes públicos para contener y mitigar sus efectos, especialmente a partir de la declaración del estado de alarma, llevada a cabo por el Gobierno central mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 3. Infracciones muy graves.
- Artículo 4. Infracciones graves.
- Artículo 5. Infracciones leves.
- Artículo 6. Sanciones.
- Artículo 7. Sanción accesoria.
- Artículo 8. Graduación de las sanciones.
- Artículo 9. Personas responsables.
- Artículo 10. Actuaciones inspectoras.
- Artículo 11. Procedimiento sancionador.
- Artículo 12. Medidas provisionales.
- Artículo 13. Órganos competentes.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 1/2020, de 17 de enero, contra el turismo de excesos para la mejora de la calidad de zonas turísticas.
- Disposición final segunda. Vigencia y efectos.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 11/2020?
- Decreto-ley 11/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 11/2020?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 11/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.