Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón.
BOE-A-2022-7004 · Boletín Oficial del Estado, 2022-05-02 · Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto Legislativo 1/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-26.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-04-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 104, 2022-05-02
- Entrada en vigor
- 2022-04-21
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-26
- Artículos
- 65
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-7004
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, tiene por objeto regular el poder ejecutivo del Gobierno de Aragón, representado por el Presidente o Presidenta y el Gobierno de Aragón, en desarrollo del título segundo del Estatuto de Autonomía de Aragón, cuya reforma fue aprobada mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. El Presidente o Presidenta.
- Artículo 2. Elección y nombramiento.
- Artículo 3. Responsabilidad política.
- Artículo 4. Atribuciones.
- Artículo 5. Delegación de funciones.
- Artículo 6. Cese.
- Artículo 7. La persona o personas titulares de las vicepresidencias.
- Artículo 8. Atribuciones.
- Artículo 9. Las Consejeras o Consejeros.
- Artículo 10. Atribuciones.
- Artículo 11. El Gobierno de Aragón.
- Artículo 12. Competencias.
- Artículo 13. Normas de funcionamiento.
- Artículo 14. Convocatoria.
- Artículo 15. Constitución y adopción de acuerdos.
- Artículo 16. Deber de secreto.
- Artículo 17. Asistencia a las sesiones.
- Artículo 18. Secretaría del Gobierno.
- Artículo 19. Forma de las decisiones del Gobierno.
- Artículo 20. Publicidad de los decretos y acuerdos del Gobierno.
- Artículo 21. Gobierno en funciones.
- Artículo 22. Traspaso de poderes.
- Artículo 23. Información del Gobierno en funciones.
- Artículo 24. Comisión de traspaso.
- Artículo 25. Comisiones delegadas del Gobierno.
- Artículo 26. Comisión de Secretarias y Secretarios Generales Técnicos.
- Artículo 27. Los Delegados o Delegadas Territoriales del Gobierno de Aragón.
- Artículo 28. Gabinetes.
- Artículo 29. Delegación del Gobierno ante la Unión Europea.
- Artículo 30. Requisitos.
- Artículo 31. Sustitución.
- Artículo 32. Fuero procesal.
- Artículo 33. Del ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar normas con rango de ley.
- Artículo 34. Forma.
- Artículo 35. Proyecto de Ley de Presupuestos.
- Artículo 36. Del ejercicio de la potestad reglamentaria.
- Artículo 37. Forma de las disposiciones del Gobierno y de sus miembros. .
- Artículo 38. Principio de jerarquía de los reglamentos.
- Artículo 39. Principios de buena regulación.
- Artículo 40. Plan Anual Normativo.
- Artículo 41. Evaluación normativa y adaptación a los principios de buena regulación.
- Artículo 42. Iniciativa.
- Artículo 43. Consulta pública previa.
- Artículo 44. Elaboración de la disposición normativa.
- Artículo 45. Puesta en conocimiento del Gobierno.
- Artículo 46. Procesos de deliberación participativa.
- Artículo 47. Información pública y audiencia en el ejercicio de la potestad reglamentaria.
- Artículo 48. Informes y memoria explicativa de igualdad.
- Artículo 49. Aprobación.
- Artículo 50. Tramitación de urgencia.
- Artículo 51. Decretos-leyes.
- Artículo 52. Decretos Legislativos.
- Artículo 53. Información de relevancia jurídica.
- Artículo 54. Publicidad de las normas.
- Artículo 55. Control judicial de los reglamentos.
- Disposición adicional primera. Residencia oficial del Presidente o Presidenta.
- Disposición adicional segunda. Estatuto de los ex Presidentes o ex Presidentas de la Comunidad Autónoma.
- Disposición adicional tercera. Régimen de precedencias.
- Disposición adicional cuarta. Régimen de incompatibilidades de las personas miembros del Gobierno y altos cargos del sector público autonómico.
- Disposición adicional quinta. Desistimiento de recursos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
| Deroga | Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2022?
- Decreto Legislativo 1/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-26.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.