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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 26. Comisión de Secretarias y Secretarios Generales Técnicos.

Artículo 26 del Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón. · BOE-A-2022-7004

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-21.

Texto consolidado

1. La Comisión de Secretarias y Secretarios Generales Técnicos estará integrada por la o el Secretario General de la Presidencia, las y los secretarios generales técnicos y miembros del Gobierno que designe el Gobierno. La comisión aprueba sus normas de funcionamiento.

2. La presidencia de la Comisión de Secretarias y Secretarios Generales Técnicos se determina por el Gobierno.

3. Las reuniones de la comisión tienen carácter preparatorio de las sesiones del Gobierno. En ningún caso la comisión podrá adoptar decisiones o acuerdos por delegación del Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-21.

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