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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 33. Del ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar normas con rango de ley.

Artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón. · BOE-A-2022-7004

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-21.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Aragón, de acuerdo con la Constitución española y el Estatuto de Autonomía, ejercerá la iniciativa legislativa mediante la elaboración y aprobación de proyectos de ley.

2. El Gobierno de Aragón podrá aprobar Decretos Legislativos y Decretos-leyes en los términos establecidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-21.

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