Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, hecho "ad referendum" en Albufeira el 30 de noviembre de 1998.
BOE-A-2000-2882 · Boletín Oficial del Estado, 2000-02-12 · Ministerio de Asuntos Exteriores
BOE-A-2000-2882 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Acuerdo Internacional
- Fecha de la disposición
- 1998-11-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 37, 2000-02-12
- Entrada en vigor
- 2000-01-17
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Exteriores
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 41
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-2882
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
CONVENIO SOBRE COOPERACIÓN PARA LA PROTECCIÓN Y EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LAS AGUAS DE LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS HISPANO-PORTUGUESAS
PREÁMBULO
El Reino de España y la República Portuguesa, inspirados por el tradicional espíritu de amistad y colaboración entre las dos naciones, deseosos de profundizar las estrechas relaciones entre los dos Estados, reforzadas especialmente por la solidaridad europea.
Índice del articulado
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Objeto.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Objetivos y mecanismo de cooperación.
- Artículo 5. Intercambio de información.
- Artículo 6. Información al público.
- Artículo 7. Información a la Comisión.
- Artículo 8. Consultas sobre impactos transfronterizos.
- Artículo 9. Evaluación de impactos transfronterizos.
- Artículo 10. Otras medidas de cooperación entre las Partes.
- Artículo 11. Sistemas de comunicación, alerta y emergencia.
- Artículo 12. Seguridad de infraestructuras.
- Artículo 13. Calidad de las aguas.
- Artículo 14. Prevención y control de la contaminación.
- Artículo 15. Usos del agua.
- Artículo 16. Caudales.
- Artículo 17. Incidentes de contaminación accidental.
- Artículo 18. Avenidas.
- Artículo 19. Sequías y escasez de recursos.
- Artículo 20. Órganos de Cooperación.
- Artículo 21. La Conferencia de las Partes.
- Artículo 22. Estructura, atribuciones y competencias de la Comisión para la Aplicación y Desarrollo del Convenio.
- Artículo 23. Funcionamiento y decisiones de la Comisión.
- Artículo 24. Cuestiones sobre afección de derechos.
- Artículo 25. Invitación a la realización de consultas.
- Artículo 26. Solución de controversias.
- Artículo 27. Vigencia del régimen de los anteriores Convenios hispano-portugueses.
- Artículo 28. Aprovechamientos no contemplados en los Convenios de 1964 y 1968.
- Artículo 29. Extinción de la Comisión de Ríos Internacionales.
- Artículo 30. Anexos y Protocolo Adicional.
- Artículo 31. Enmiendas.
- Artículo 32. Vigencia.
- Artículo 33. Denuncia.
- Artículo 34. Textos auténticos.
- Artículo 35. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Generalidades.
- Artículo 2. Cuenca hidrográfica del Miño.
- Artículo 3. Cuenca hidrográfica del río Duero.
- Artículo 4. Cuenca hidrográfica del río Tajo.
- Artículo 5. Cuenca hidrográfica del Guadiana
- Artículo 6. Disposiciones finales.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | el Conveniol de 16 de julio de 1964 |
| En relación con | el Convenio de 29 de mayo de 1969 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2000-2882?
- BOE-A-2000-2882 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2000-2882?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2000-2882?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.