Artículo 17. Incidentes de contaminación accidental.
Artículo 17 del Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, hecho "ad referendum" en Albufeira el 30 de noviembre de 1998. · BOE-A-2000-2882
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-17.
Texto consolidado
Las Partes adoptarán las medidas destinadas a la prevención de incidentes de contaminación accidental y de limitación de sus consecuencias para las personas y el medio ambiente teniendo como objetivo asegurar, de manera coherente y eficaz, niveles de protección elevados en las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas.