Convenio de Seguridad Social entre España y Japón, hecho en Tokio el 12 de noviembre de 2008.
BOE-A-2009-15504 · Boletín Oficial del Estado, 2009-09-30 · Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
BOE-A-2009-15504 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Acuerdo Internacional
- Fecha de la disposición
- 2008-11-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 236, 2009-09-30
- Entrada en vigor
- 2010-12-01
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-15504
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y JAPÓN
España y Japón (en lo sucesivo llamadas «las Partes»),
Animados por el deseo de regular las relaciones entre ambos en el ámbito de la seguridad social,
Índice del articulado
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Campo de aplicación material.
- Artículo 3. Campo de aplicación personal.
- Artículo 4. Igualdad de trato.
- Artículo 5. Pago de prestaciones en el extranjero.
- Artículo 6. Disposiciones generales.
- Artículo 7. Disposiciones especiales.
- Artículo 8. Trabajadores asalariados a bordo de buques marítimos o de aeronaves.
- Artículo 9. Miembros de misiones diplomáticas, consulares y funcionarios.
- Artículo 10. Excepciones a los artículos 6 a 9.
- Artículo 11. Disposiciones especiales relativas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Artículo 12. Cónyuge o hijos que acompañan al trabajador.
- Artículo 13. Seguro obligatorio.
- Artículo 14. Totalización de períodos de seguro.
- Artículo 15. Disposiciones especiales relativas a las prestaciones de incapacidad y prestaciones de supervivencia.
- Artículo 16. Cálculo de la cuantía de las prestaciones.
- Artículo 17. Totalización de períodos de seguro.
- Artículo 18. Condiciones específicas para el reconocimiento del derecho a prestaciones.
- Artículo 19. Cálculo de las prestaciones.
- Artículo 20. Disposición especial relativa a determinadas profesiones.
- Artículo 21. Determinación del grado de incapacidad.
- Artículo 22. Base reguladora de las prestaciones.
- Artículo 23. Períodos de seguro inferiores a un año.
- Artículo 24. Colaboración administrativa.
- Artículo 25. Transmisión y confidencialidad de la información.
- Artículo 26. Cargas o tasas y legalización.
- Artículo 27. Comunicación entre ambas Partes.
- Artículo 28. Solicitudes, recursos y declaraciones.
- Artículo 29. Pago de prestaciones.
- Artículo 30. Resolución de controversias y Comisión Mixta.
- Artículo 31. Períodos de seguro, hechos y decisiones anteriores a la entrada en vigor de este Convenio.
- Artículo 32. Entrada en vigor.
- Artículo 33. Vigencia y finalización del Convenio.
Normas que la modifican o afectan (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica | la entrada en vigor, el 1 de diciembre de 2010, en BOE núm. 248 de 13 de octubre de 2010 |
| Se dicta de conformidad | con el art. 24.1.a), estableciendo normas de aplicación: Acuerdo de 30 de julio de 2010 |
| Corrección de errores | , modificando la entrada en vigor, en BOE núm. 270 de 9 de noviembre de 2009 |
| Se actualiza | los efectos de aplicación de los arts. 2 y 14, por Notas verbales de 8 de junio de 2015 |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2009-15504?
- BOE-A-2009-15504 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2009-15504?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2009-15504?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.