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Real Decreto 9/1996, de 15 de enero, por el que se regula la selección de los efectos y accesorios, su financiación con fondos de la Seguridad Social o fondos estatales afectos a la sanidad y su régimen de suministro y dispensación a pacientes no hospitalizados.

BOE-A-1996-2545 · Boletín Oficial del Estado, 1996-02-07 · Ministerio de Sanidad y Consumo

Real Decreto 9/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-12.

Resumen

El Real Decreto 9/1996 regula la selección, financiación y suministro de efectos y accesorios de productos sanitarios para pacientes no hospitalizados en el Sistema Nacional de Salud, aplicando desde su publicación el 15 de enero de 1996. Esta norma se dirige a los beneficiarios de la Seguridad Social y a las empresas que suministran estos productos.

Entre los puntos clave, establece que solo ciertos productos sanitarios, definidos en los anexos del decreto, serán financiados con fondos de la Seguridad Social. Los beneficiarios deberán realizar una aportación económica del 40% o del 10% del precio, dependiendo del tipo de producto, aunque los pensionistas están exentos. Además, se regula el proceso de suministro a través de farmacias y centros sanitarios, que requiere receta médica. Las empresas deben garantizar el abastecimiento y notificar cualquier problema con los productos, y están sujetas a un régimen de infracciones y sanciones en caso de incumplimiento. Este Real Decreto deroga la Orden de 16 de octubre de 1979 y otras disposiciones anteriores que regulaban aspectos similares.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 9/1996
Fecha de la disposición
1996-01-15
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 33, 1996-02-07
Entrada en vigor
1996-02-27
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo
Estado
Vigente
Fecha de derogación
2026-07-01
Consolidado actualizado
2026-02-12
Artículos
22
Identificador BOE
BOE-A-1996-2545
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Orden de 16 de octubre de 1979 regula los efectos y accesorios de la prestación farmacéutica de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 105.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo.

El presente Real Decreto, dictado en base a la competencia exclusiva que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 17.ª de la Constitución Española, en desarrollo de los artículos 94.4 y 95 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, y de acuerdo con lo previsto en el párrafo segundo del artículo 2.1 y en la disposición adicional tercera de la misma Ley, actualiza la citada normativa y regula la selección de tales productos sanitarios, a efectos de su financiación con fondos de la Seguridad Social o fondos estatales afectos a la sanidad.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (6)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 9/1996?
Real Decreto 9/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-12.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 9/1996?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 9/1996?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.