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Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario.

BOE-A-1985-11578 · Boletín Oficial del Estado, 1985-06-19 · Ministerio de Educación y Ciencia

Real Decreto 898/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula el régimen del profesorado universitario en España, estableciendo un marco jurídico específico para su funcionamiento. Aplica a todos los docentes de las universidades españolas desde su entrada en vigor el 1 de octubre de 1985.

Los puntos clave de este Real Decreto incluyen la creación de cuatro cuerpos docentes (Catedráticos de Universidad, Profesores titulares de Universidad, Catedráticos y Profesores titulares de Escuelas Universitarias), así como la definición de sus competencias y obligaciones. Se establece que el profesorado debe ejercer sus funciones preferentemente a tiempo completo, con un régimen retributivo alineado con la legislación general de funcionarios. Además, se regulan situaciones administrativas como el servicio activo y la excedencia voluntaria, y se establece un sistema de licencias para fomentar la investigación y la movilidad del profesorado. También se sientan las bases para un régimen disciplinario, que incluye sanciones por incumplimiento de obligaciones docentes.

Este Real Decreto no está derogado, pero ha sido complementado y modificado por otras normativas a lo largo del tiempo.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 898/1985
Fecha de la disposición
1985-04-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 146, 1985-06-19
Entrada en vigor
1985-10-01
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
39
Identificador BOE
BOE-A-1985-11578
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, estableció un nuevo marco jurídico a partir del cual ha de llevarse a cabo la transformación de la Universidad española, a la que corresponde el servicio público de la educación superior mediante la docencia, el estudio y la investigación. Para dicha renovación de la vida académica, el factor central es, que duda cabe, el profesorado y, dentro de él, perteneciente a los Cuerpos docentes universitarios.

Para ello, la mencionada Ley, en su título quinto, dedicado al profesorado, establece las bases de un nuevo régimen jurídico para el mismo, que ha de estar presidido por los principios de prestación de un auténtico servicio público a los intereses generales de toda la comunidad nacional y de sus respectivas Comunidades Autónomas, y de respeto a la acción transformadora de las Universidades en ejercicio de su autonomía.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (12)

Normas a las que afecta (7)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 898/1985?
Real Decreto 898/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 898/1985?
El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 898/1985?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.