Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G.
BOE-A-2024-8715 · Boletín Oficial del Estado, 2024-05-01 · Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Real Decreto 443/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 443/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-04-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 106, 2024-05-01
- Entrada en vigor
- 2024-05-02
- Departamento
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 51
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-8715
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las comunicaciones móviles de quinta generación o 5G constituyen un nuevo paradigma de las comunicaciones electrónicas con un gran potencial transformador en beneficio de la sociedad y la economía, pues se abre la posibilidad a la incorporación de nuevas funcionalidades que van a tener un gran impacto, como la computación en la red y su virtualización y segmentación o sus funciones, lo que permitirá la creación de redes virtuales, flexibles e inteligentes, ofreciendo baja latencia, conectividad ininterrumpida y la prestación de servicios de gran valor añadido para la sociedad y la economía en ámbitos como la medicina, el transporte, la logística y la energía. Por todo ello, la Unión Europea y España, directamente y a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, impulsan el rápido despliegue de redes 5G y la realización de proyectos demostrativos de su utilidad para distintos…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G.
- Disposición adicional primera. Revisión del Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G.
- Disposición adicional segunda. Aplicación del Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, y el Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G a las sucesivas generacione…
- Disposición adicional tercera. El Centro de Operaciones de Seguridad 5G de referencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Aplicación supletoria de la normativa sobre seguridad e integridad de las redes de comunicaciones electrónicas.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario y modificación de anexos.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G.
- Artículo 2. Objetivos.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Red 5G.
- Artículo 6. Elementos críticos de una red 5G.
- Artículo 7. Tratamiento integral de la seguridad.
- Artículo 8. Gestión de la seguridad basada en los riesgos.
- Artículo 9. Prevención, detección, respuesta y conservación.
- Artículo 10. Existencia de líneas de defensa.
- Artículo 11. Vigilancia continua y reevaluación periódica.
- Artículo 12. Sistemas, redes y servicios 5G que traten datos personales.
- Artículo 13. Análisis de riesgos a nivel nacional.
- Artículo 14. Gestión de riesgos a nivel nacional.
- Artículo 15. Declaración de suministradores 5G de alto riesgo y de riesgo medio.
- Artículo 16. Determinación de ubicaciones en las que no se podrá instalar equipos de suministradores calificados de alto riesgo.
- Artículo 17. Diversificación en la cadena de suministro.
- Artículo 18. Análisis de riesgos por los operadores 5G.
- Artículo 19. Análisis de riesgos por los suministradores 5G.
- Artículo 20. Análisis de riesgos por los usuarios corporativos 5G.
- Artículo 21. Confidencialidad de la información sobre análisis de riesgos.
- Artículo 22. Medidas comunes para la gestión de seguridad.
- Artículo 23. Gestión de seguridad por los operadores 5G.
- Artículo 24. Gestión de seguridad por los suministradores 5G.
- Artículo 25. Gestión de seguridad por los usuarios corporativos 5G.
- Artículo 26. Gestión de seguridad por las Administraciones públicas.
- Artículo 27. Gestión de seguridad por los Centros de Operaciones de Seguridad 5G.
- Artículo 28. Prestación de servicios de respuesta a incidentes de seguridad.
- Artículo 29. Condiciones de cumplimiento de las obligaciones.
- Artículo 30. Confidencialidad de la información sobre gestión de riesgos.
- Artículo 31. Deber de colaboración en la modificación y ejecución del ENS5G.
- Artículo 32. Certificación de equipos, productos y servicios 5G.
- Artículo 33. Procedimientos de determinación de la conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad 5G.
- Artículo 34. Cumplimiento de la normativa sobre inversiones extranjeras y sobre competencia.
- Artículo 35. Equipos terminales.
- Artículo 36. Cooperación internacional.
- Artículo 37. I+D+i en ciberseguridad 5G.
- Artículo 38. Impulso a la interoperabilidad.
- Artículo 39. Competencia para la aplicación del ENS5G.
- Artículo 40. Facultades del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para la aplicación del ENS5G.
- Artículo 41. Centro de Operaciones de Seguridad 5G de referencia.
- Artículo 42. Facultades de inspección.
- Artículo 43. Régimen sancionador.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 443/2024?
- Real Decreto 443/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 443/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.