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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Gestión de la seguridad basada en los riesgos.

Artículo 8 del Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G. · BOE-A-2024-8715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Texto consolidado

1. El análisis y la gestión de los riesgos es parte esencial del proceso de seguridad, debiendo constituir una actividad continua y permanentemente actualizada.

2. La gestión de riesgos permitirá el mantenimiento de un entorno controlado en la red o servicio 5G, minimizando los riesgos a niveles aceptables. La reducción a estos niveles se realizará mediante una apropiada aplicación de medidas de seguridad, de manera equilibrada y proporcionada a la naturaleza y características de la red, de los servicios a prestar y de los riesgos a los que estén expuestos, que deberán reflejarse en el análisis de riesgos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

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