Artículo 11. Vigilancia continua y reevaluación periódica.
Artículo 11 del Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G. · BOE-A-2024-8715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
1. La vigilancia continua permitirá la detección de actividades o comportamientos anómalos y su oportuna respuesta.
2. La evaluación permanente del estado de la seguridad de las redes y servicios 5G permitirán medir su evolución, detectando vulnerabilidades e identificando deficiencias de configuración.
3. Las medidas de seguridad se reevaluarán y actualizarán periódicamente, adecuando su eficacia a la evolución de los riesgos y los sistemas de protección, pudiendo llegar a un replanteamiento de la seguridad, si fuese necesario.