Artículo 38. Impulso a la interoperabilidad.
Artículo 38 del Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G. · BOE-A-2024-8715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, directamente o a través del Centro de Operaciones de Seguridad 5G de referencia impulsará la interoperabilidad de los equipos y programas ligados a la gestión de redes y servicios 5G, así como la participación de actores públicos y privados en la elaboración de estándares sobre el funcionamiento de las redes y servicios 5G a través de las siguientes iniciativas:
a) Aprobación de normativas y directrices claras para promover la interoperabilidad de los equipos y programas relacionados con la gestión de redes y servicios 5G, incluyendo la definición de estándares técnicos y protocolos de comunicación que faciliten la integración y la compatibilidad entre diferentes sistemas y dispositivos.
b) Impulso para la adopción de estándares abiertos en el diseño y desarrollo de equipos y programas para redes y servicios 5G, con el objetivo de facilitar la interoperabilidad y evitar la dependencia de tecnologías propietarias.
c) Creación de espacios de colaboración entre actores públicos y privados para discutir y elaborar estándares sobre el funcionamiento de las redes y servicios 5G.
d) Promoción de la interoperabilidad como un criterio de evaluación en los procesos de contratación pública relacionados con la adquisición de equipos y servicios para redes y servicios 5G. Esto podría incentivar a los proveedores a desarrollar soluciones compatibles y facilitar la integración de sistemas heterogéneos en entornos públicos.