Real Decreto 242/2019, de 5 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que lleva a cabo la acción en el exterior en materia de justicia.
BOE-A-2019-5243 · Boletín Oficial del Estado, 2019-04-09 · Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Real Decreto 242/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que desempeña funciones en el exterior en materia de justicia. Se aplica a los funcionarios que ocupan puestos de Magistraturas de enlace y Consejerías de Justicia, así como al personal administrativo de apoyo, desde su entrada en vigor el 6 de abril de 2019.
Los puntos clave de este Real Decreto incluyen la creación de un marco normativo claro para el personal en el exterior, estableciendo requisitos específicos para el acceso a estos puestos, como la pertenencia a las Carreras Judicial o Fiscal y la acreditación de experiencia en cooperación jurídica internacional. También se define un periodo mínimo de permanencia de dos años en el puesto, con un máximo de cinco años, prorrogable en ciertos casos. Además, se establece un procedimiento de selección transparente y basado en el mérito, garantizando la profesionalización del personal. Por último, el decreto aclara la dependencia jerárquica del personal, que estará bajo la dirección del Ministerio de Justicia y del Jefe de la Misión Diplomática correspondiente. Esta norma no ha sido derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 242/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-04-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 85, 2019-04-09
- Entrada en vigor
- 2019-04-10
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-5243
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La creciente globalización e interdependencia de personas, organizaciones y empresas, el incremento del volumen de desplazamientos y la constatación de que el delito es un fenómeno transfronterizo han hecho que la acción exterior del Estado en materia de Justicia se haya incrementado de forma considerable en los últimos años. Y ello en su doble finalidad de promoción de la cooperación jurídica internacional, singularmente en el ámbito judicial, como en lo que se refiere a la conformación y fortalecimiento de la posición española ante las Organizaciones e Instituciones Internacionales en el ámbito de las competencias del Ministerio de Justicia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Tipos de puestos para el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
- Artículo 4. Convocatoria, selección y nombramiento.
- Artículo 5. Requisitos.
- Artículo 6. Acreditación.
- Artículo 7. Cese del personal en el exterior.
- Artículo 8. Dependencia.
- Artículo 9. Plazos de ocupación de puestos en el exterior.
- Artículo 10. Magistraturas de enlace.
- Artículo 11. Funciones.
- Artículo 12. Consejerías de Justicia.
- Artículo 13. Funciones.
- Disposición adicional primera. Consejeros Jurídicos.
- Disposición adicional segunda. Personal que integra la delegación española de Eurojust.
- Disposición adicional tercera. Juez de enlace ante la Conferencia de La Haya.
- Disposición adicional cuarta. Adaptación de las relaciones de puestos de trabajo.
- Disposición adicional quinta. Personal laboral.
- Disposición adicional sexta. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable al personal funcionario en el exterior.
- Disposición transitoria segunda. Denominación de Consejerías de Cooperación Jurídica y Magistraturas de enlace preexistentes.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.
- Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 242/2019?
- Real Decreto 242/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 242/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.