Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional.
BOE-A-2022-4978 · Boletín Oficial del Estado, 2022-03-30 · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Real Decreto 220/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 220/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-03-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 76, 2022-03-30
- Entrada en vigor
- 2022-03-31
- Departamento
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-4978
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Desde que, en 1978, España se adhiere a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y al Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, hecho en Nueva York el 31 de enero de 1967, nuestro país manifiesta un importante compromiso con el reconocimiento y ejercicio del derecho a la protección internacional.
Como Estado miembro de la Unión Europea, el avance en la creación de un Sistema europeo común de asilo (SECA) ha ido definiendo el desarrollo de esta política en el plano nacional. El SECA pretende, según fija el artículo 78 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, un estatuto uniforme de asilo y de protección subsidiaria para los nacionales de terceros países y un sistema común para la protección temporal de las personas desplazadas, en caso de afluencia masiva.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional.
- Disposición adicional primera. Régimen en Ceuta y Melilla.
- Disposición adicional segunda. Fórmulas de gestión.
- Disposición adicional tercera. Acción concertada para la gestión de programas de atención humanitaria del Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio sobre el intercambio de información para la acción concertada.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 4. Ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 5. Gestión del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 6. Principios generales de actuación.
- Artículo 7. Características del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 8. Cooperación interinstitucional.
- Artículo 9. Requisitos de acceso al sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 10. Valoración de las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad durante su permanencia en el sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 11. Itinerario de acogida.
- Artículo 12. Derechos y deberes de las personas destinatarias del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 13. Información.
- Artículo 14. Finalización del itinerario de acogida.
- Artículo 15. Objetivo.
- Artículo 16. Actuaciones.
- Artículo 17. Duración.
- Artículo 18. Objetivo.
- Artículo 19. Actuaciones.
- Artículo 20. Duración.
- Artículo 21. Objetivo.
- Artículo 22. Actuaciones.
- Artículo 23. Duración.
- Artículo 24. Cooperación para la inclusión social de las personas beneficiarias de protección internacional.
- Artículo 25. Tipología de recursos del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 26. Principios rectores.
- Artículo 27. Asignación de recursos.
- Artículo 28. Centros de valoración inicial y derivación.
- Artículo 29. Centros de acogida de protección internacional.
- Artículo 30. Personal al servicio de los recursos del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 31. Normas de funcionamiento básico de los recursos.
- Artículo 32. Reducción o retirada de las condiciones del sistema de acogida de protección internacional.
- Artículo 33. Objeto y finalidad de la acción concertada.
- Artículo 34. Ámbito material de aplicación de la acción concertada.
- Artículo 35. Definiciones.
- Artículo 36. Principios rectores de la acción concertada.
- Artículo 37. Duración.
- Artículo 38. Requisitos exigibles.
- Artículo 39. Autorización para concertar.
- Artículo 40. Planificación de necesidades.
- Artículo 41. Comunicaciones de asignación a las entidades autorizadas.
- Artículo 42. Cálculo de la retribución.
- Artículo 43. Iniciación e instrucción del procedimiento.
- Artículo 44. Terminación del procedimiento.
- Artículo 45. Tramitación de urgencia.
- Artículo 46. Tramitación anticipada de los expedientes de gasto.
- Artículo 47. Supervisión.
- Artículo 48. Cumplimiento defectuoso, incumplimiento o demora.
- Artículo 49. Pago de la retribución.
- Artículo 50. Financiación.
- Artículo 51. Revocación de la autorización.
- Artículo 52. Obligaciones de intercambio de información.
- Artículo 53. Central de información.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | Orden ISM/922/2023, de 6 de julio, por la que se desarrolla el régimen disciplinario del sistema de acogida en materia de protección internacional. |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 220/2022?
- Real Decreto 220/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 220/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 220/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.