Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
BOE-A-1998-23140 · Boletín Oficial del Estado, 1998-10-06 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1980/1998 está derogada desde el 2024-01-02: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1980/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-09-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 239, 1998-10-06
- Entrada en vigor
- 1998-10-07
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2024-01-02
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-23140
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Durante el año 1996, el sector de la carne de vacuno se vio profundamente perturbado por las noticias que, en el Reino Unido, se hicieron públicas respecto de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), informaciones que provocaron una reacción de pánico entre los consumidores, con consecuencias muy negativas para el mercado comunitario, alcanzando la crisis también de manera importante al sector vacuno español.
Como consecuencia, se evidenció la necesidad de reforzar al máximo los sistemas que permitieran garantizar la mayor transparencia en las condiciones de producción y comercialización de los productos del sector vacuno, en particular, para asegurar su completo seguimiento a lo largo de toda la cadena de producción y comercialización.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Componentes del sistema de identificación y registro.
- Artículo 4. Financiación del sistema.
- Artículo 5. Descripción de las marcas.
- Artículo 6. Asignación, distribución y colocación de las marcas.
- Artículo 7. Identificación de los animales procedentes de un país tercero.
- Artículo 8. Identificación de los animales procedentes de países comunitarios.
- Artículo 9. Expedición del documento de identificación de bovinos.
- Artículo 10. Movimientos e intercambios de los animales.
- Artículo 11. Devolución de los documentos de identificación.
- Artículo 12. Constitución de la base de datos.
- Artículo 13. Suministro de información a la base de datos.
- Artículo 14. Libro de registro de la explotación.
- Artículo 15. Controles.
- Artículo 16. Incumplimiento.
- Artículo 17. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Títulos habilitantes.
- Disposición adicional segunda. Desarrollo y coordinación.
- Disposición adicional tercera. Identificación del ganado de lidia.
- Disposición adicional cuarta. Expedición de documentos de identificación para animales nacidos antes del 1 de enero de 1998.
- Disposición adicional quinta. Marcas auriculares de los animales nacidos antes del 1 de enero de 1998.
- Disposición transitoria primera. Marcas válidas provisionalmente.
- Disposición transitoria segunda. Documentación de acompañamiento válida provisionalmente.
- Disposicion derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de modificación.
- Disposicion final segunda. Entrada en vigor.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1980/1998?
- Real Decreto 1980/1998 está derogada desde el 2024-01-02: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1980/1998?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1980/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.