Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
BOE-A-2007-12694 · Boletín Oficial del Estado, 2007-06-29 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 728/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el establecimiento y funcionamiento del Registro General de Movimientos de Ganado (REMO) y el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA) en España. Aplica a todos los propietarios y responsables de animales de producción en el territorio nacional desde su entrada en vigor el 14 de junio de 2007.
Entre los puntos clave, se establece la obligación de los titulares de explotaciones ganaderas de comunicar a las autoridades competentes los movimientos de ganado en un plazo máximo de siete días. Además, todos los movimientos deben ir acompañados de un documento de movimiento que contenga información mínima sobre los animales trasladados. Esta norma también unifica y mejora la trazabilidad de los animales, permitiendo un seguimiento más eficaz de su identificación y desplazamientos, lo que es crucial para la sanidad animal y la seguridad alimentaria. Asimismo, se prevén sanciones en caso de incumplimiento de estas obligaciones, conforme a la Ley de Sanidad Animal.
No se encuentra derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 728/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-06-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 155, 2007-06-29
- Entrada en vigor
- 2007-06-30
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-12694
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El seguimiento y control de los movimientos del ganado se ha convertido en los últimos años en una herramienta imprescindible para la puesta en práctica de políticas de sanidad animal y seguridad alimentaria. Así, las redes de epidemiovigilancia veterinaria ya establecidas tanto en la normativa comunitaria como en la nacional y las bases de datos de trazabilidad del ganado bovino y porcino, plenamente operativas, han demostrado la necesidad y pertinencia de recoger en registros informatizados toda la información básica de los movimientos entre explotaciones, incluyendo los mercados y los mataderos, de los animales de las especies de interés ganadero, así como los datos básicos a registrar, en función de la normativa aplicable, de los animales identificados individualmente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Registro general de movimientos de ganado.
- Artículo 4. Registro general de identificación individual de animales.
- Artículo 5. Comunicación de movimientos de ganado por los titulares de una explotación o los poseedores de animales.
- Artículo 6. Documento de movimiento.
- Artículo 7. Control de identidad en los movimientos de animales.
- Artículo 8. Código de identificación del movimiento.
- Artículo 9. Comunicación de movimientos de animales entre comunidades autónomas.
- Artículo 10. Comunicación de datos de los animales bovinos a los mataderos.
- Artículo 10 bis. Comunicación por parte de los mataderos de datos de los animales identificados individualmente.
- Artículo 11. Controles.
- Artículo 12. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Recursos humanos y materiales.
- Disposición adicional segunda. Creación de fichero.
- Disposición adicional tercera. Calendario de aplicación.
- Disposición adicional cuarta. Movimientos y animales ya registrados.
- Disposición adicional quinta. Competencias de otros Ministerios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la es…
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especie…
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 728/2007?
- Real Decreto 728/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 728/2007?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 728/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.