El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 5. Comunicación de movimientos de ganado por los titulares de una explotación o los poseedores de animales.

Artículo 5 del Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales. · BOE-A-2007-12694

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-01.

Texto consolidado

1. El titular de cada explotación o el titular de los animales deberá comunicar a la autoridad competente de la comunidad autónoma los movimientos de ganado que se produzcan en su explotación. Desde la explotación de origen se comunicará la salida de los animales y desde la de destino su entrada, a la comunidad autónoma en que radiquen sus explotaciones. Dicha comunicación contendrá los datos del anexo VI y se realizara en el plazo máximo de siete días desde que tenga lugar el evento, sin perjuicio de las excepciones que por la utilización voluntaria de la tarjeta de movimiento equina (TME) se puedan establecer.

2. En el caso de los desplazamientos de los animales bovinos a matadero la confirmación de la llegada de los animales se entenderá que se realiza cuando se comunica el sacrificio de los animales en el matadero.

3. Para la comunicación a las comunidades autónomas de los datos referentes a los movimientos de entrada y salida de ganado por parte de los titulares de explotación o de los poseedores de animales, se podrá utilizar una de las copias del documento de movimiento establecido en el artículo 6, o cualquier otro medio informático o telemático establecido por la autoridad competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 577/2014, de 4 de julio, por el que se regula la tarjeta de movimiento equina..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 728/2007

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 728/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.