Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
BOE-A-2004-6426 · Boletín Oficial del Estado, 2004-04-13 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 479/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) en España, estableciendo un sistema para el registro de todas las explotaciones ganaderas. Aplica a todos los titulares de explotaciones de animales de producción desde su entrada en vigor el 27 de marzo de 2004.
Entre los puntos clave, los titulares de explotaciones deben inscribir sus datos en el registro antes de iniciar actividades y comunicar cualquier cambio en un plazo máximo de un mes. También están obligados a presentar un censo anual de los animales, que debe ser reportado antes del 1 de marzo de cada año. Además, cada explotación recibirá un código de identificación único que facilitará su registro y seguimiento. El REGA será de acceso público y estará gestionado por las comunidades autónomas, que deberán asegurar que la información se mantenga actualizada y se refleje en el registro nacional.
Esta norma no está derogada y se encuentra vigente, aunque se ha modificado por otras disposiciones posteriores.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 479/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-03-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 89, 2004-04-13
- Entrada en vigor
- 2004-04-14
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-6426
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La necesidad de registrar las explotaciones ganaderas, como instrumento de la política en materia de sanidad animal y de ordenación sectorial ganadera, viene siendo recogida en la legislación nacional y comunitaria tanto de carácter horizontal como sectorial. Así, la Directiva 92/102/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, relativa a la identificación y al registro de animales, incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de las especies bovina, porcina, ovina y caprina, cita en su artículo 3 la obligación de disponer de listas actualizadas de las explotaciones de dichas especies, donde se contengan sus datos básicos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Registro general de explotaciones ganaderas (REGA).
- Artículo 4. Obligaciones de los titulares de explotación.
- Artículo 5. Asignación del código de identificación a cada explotación.
- Artículo 6. Inscripción en el registro.
- Artículo 7. Controles.
- Artículo 8. Comité nacional de coordinación de identificación del ganado y registro de explotación de las especies de interés ganadero.
- Artículo 9. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Recursos humanos y materiales.
- Disposición adicional segunda. Explotaciones cuyos titulares son los Ministerios de Defensa y del Interior y sus organismos públicos.
- Disposición adicional tercera. Referencia a la normativa derogada.
- Disposición transitoria única. Explotaciones en funcionamiento.
- Disposición transitoria primera. Explotaciones en funcionamiento.
- Disposición transitoria segunda. Comunicaciones de censos de animales conforme al artículo 4.3.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especi…
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras.
- Disposición final cuarta. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (6)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 479/2004?
- Real Decreto 479/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 479/2004?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 479/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.