Real Decreto 138/2020, de 28 de enero, por el que se establece la normativa básica en materia de actuaciones sanitarias en especies cinegéticas que actúan como reservorio de la tuberculosis (complejo Mycobacterium tuberculosis).
BOE-A-2020-2109 · Boletín Oficial del Estado, 2020-02-13 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 138/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 138/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-01-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 38, 2020-02-13
- Entrada en vigor
- 2020-02-14
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-2109
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La interacción entre especies domésticas y silvestres se ha visto agravada en los últimos años por el incremento del tamaño de las poblaciones silvestres, que ha provocado su desplazamiento desde sus hábitats tradicionales a otros espacios sin vocación cinegética.
Existen determinadas enfermedades compartidas entre estos animales domésticos y silvestres que pueden transmitirse igualmente a la especie humana, por lo que pueden tener un impacto significativo en la salud pública y en la economía, además de en la sanidad de las poblaciones animales, y la conservación de la biodiversidad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Obligaciones generales.
- Artículo 4. Comarcas o unidades veterinarias de riesgo para la tuberculosis.
- Artículo 5. Categorización de espacios.
- Artículo 6. Requisitos y obligaciones de sanidad animal.
- Artículo 7. Requisitos y obligaciones de sanidad animal específicos de los espacios de categoría I.
- Artículo 8. Requisitos y obligaciones de sanidad animal específicos de los espacios de categoría II.
- Artículo 9. Requisitos adicionales en comarcas o unidades veterinarias de riesgo moderado.
- Artículo 10. Requisitos adicionales en comarcas o unidades veterinarias ganaderas de especial riesgo.
- Artículo 11. Requisitos sanitarios para el traslado de jabalíes y otros suidos silvestres y sus hibridaciones, ciervos y gamos en relación con la tuberculosis.
- Artículo 12. Controles.
- Artículo 13. Infracciones y sanciones.
- Disposición transitoria primera. Autorización y registro de espacios en aplicación del artículo 6.2.
- Disposición transitoria segunda. Cambios en la clasificación de comarcas.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1082/2009, de 3 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de ex…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | con variación de preceptos modificadores, en BOE núm. 46,de 23 de febrero de 2022 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 138/2020?
- Real Decreto 138/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 138/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 138/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.