Artículo 3. Componentes del sistema de identificación y registro.
Artículo 3 del Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina. · BOE-A-1998-23140
Atención: Real Decreto 1980/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El sistema de identificación y registro a que se refiere el presente Real Decreto incluye:
a) Marcas auriculares para la identificación individual de cada animal.
b) Documentos de identificación de los animales.
c) Base de datos informatizada.
d) Libros de registro en cada explotación.