Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso.
BOE-A-2024-21709 · Boletín Oficial del Estado, 2024-10-23 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Real Decreto 1093/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-11.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1093/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-10-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 256, 2024-10-23
- Entrada en vigor
- 2024-10-24
- Departamento
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-11
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-21709
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Con el fin de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, números doce y catorce que forman parte de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, relativos a la necesidad de garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles y a la conservación y utilización de forma sostenible de los océanos, los mares y los recursos marinos, respectivamente, la Unión Europea promulgó la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Instrumentos de planificación.
- Artículo 5. Instrumentos económicos.
- Artículo 6. Objetivos y medidas de prevención.
- Artículo 7. Requisitos de marcado.
- Artículo 8. Obligaciones del productor inicial de los residuos u otro poseedor relativas a la gestión de los residuos de productos del tabaco con filtros y filtros.
- Artículo 9. Obligaciones de las administraciones públicas.
- Artículo 10. Obligaciones adicionales para otros agentes económicos.
- Artículo 11. Recogida separada.
- Artículo 12. Evaluación de las medidas.
- Artículo 13. Creación de la sección de productores de productos del tabaco con filtros y filtros en el Registro de Productores de Productos.
- Artículo 14. Inscripción en el Registro de Productores de Productos.
- Artículo 15. Obligaciones anuales de información sobre puesta en el mercado.
- Artículo 16. Obligaciones del productor del producto.
- Artículo 17. Constitución y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 18. Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 19. Obligaciones generales de los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 20. Disposiciones adicionales relativas a la organización y gestión de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 21. Convenios de las administraciones públicas con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 22. Acuerdos con otros operadores para la financiación de la gestión de los residuos.
- Artículo 23. Alcance de la contribución financiera de los productores del producto a los sistemas de responsabilidad ampliada.
- Artículo 24. Garantías financieras.
- Artículo 25. Información a suministrar por los sistemas de responsabilidad ampliada sobre su gestión.
- Artículo 26. Obligaciones en materia de transparencia.
- Artículo 27. Informe anual a la Comisión Europea.
- Artículo 28. Medidas de concienciación y su financiación.
- Artículo 29. Colaboración y supervisión del cumplimiento de las obligaciones.
- Artículo 30. Inspección y control.
- Artículo 31. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Colaboración entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
- Disposición adicional segunda. Clasificación de los residuos.
- Disposición adicional tercera. Aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Disposición transitoria primera. Obligaciones financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Disposición transitoria segunda. Inicio del cómputo de las obligaciones de información de los productores.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 21 de 24 de enero de 2025 |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio |
| De conformidad con | Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1093/2024?
- Real Decreto 1093/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-11.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1093/2024?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1093/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.