Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso. · BOE-A-2024-21709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-24.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, el apartado 4 del artículo 6 resultará de aplicación a los productores de producto que superen una cuota anual del 2,5 % sobre el total nacional de productos puestos en el mercado a partir del 1 de enero de 2030, de forma que, la obligación prevista en dicho artículo será exigible a partir del 1 de julio del año natural siguiente a aquel en el que los productores de producto hubieran superado dicha cuota anual.
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